La isla de la palma convoca ayudas de hasta el 50% para potenciar el autoconsumo energético en particulares

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    Esta subvención ha expirado.

    El pasado 22 de junio de 2020, el Excmo. Cabildo Insular de la Palma, convocó una orden de ayudas de hasta el 50% para potenciar el autoconsumo energético en viviendas particulares, contribuyendo así a la difusión de la energía fotovoltaica y al ahorro energético con el consiguiente ahorro en las emisiones de CO2 a la atmosfera que vienen produciendo las centrales de producción eléctrica a base de carbón o petróleo que se utilizan en la isla. 

    A continuación te presentamos a modo de preguntas y respuestas las principales características de dicha ayuda: 

    ¿Cuál es el destino  de estas ayudas?:

    El objeto de las ayudas es la producción de energía eléctrica para autoconsumo en las viviendas a través de paneles solares.

    ¿Las viviendas situadas en campo, aisladas de la red, pueden acogerse a esta ayuda?:

    Si, siempre y cuando estén sujetas a legalidad.

    ¿Cuál es el plazo concedido para la solicitud de la subvención?:

    El plazo finaliza a los 15 días hábiles de la fecha de convocatoria que fue el 22 de junio de 2020, por lo que el plazo finalizará el 14 de julio de 2020.

    ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?:

    Puede alcanzar el 50 % del coste total.

    ¿A qué costes de la inversión alcanza la ayuda?:

    Se incluyen además de los elementos de la instalación, la Memoria Técnica de Diseño necesaria para la legalización de la instalación.

    ¿Puede iniciarse la instalación antes de la solicitud de ayuda?:

    Si es posible. El plazo de ejecución va desde el 1 de enero de 2019 al 15 de octubre de 2020.

    ¿Cuál es la potencia de la instalación que puede subvencionarse?:

    La subvención limita la ayuda a instalaciones iguales o menores de 4 kW de potencia.

    ¿Cuál es el procedimiento de concesión?

    Las adjudicaciones se resuelven por concurrencia competitiva en base a valores predeterminados teniendo en cuenta que sea la primera ayuda solicitada, que las viviendas sean de uso permanente etc.

    ¿Es necesario que la vivienda esté legalizada?:

    Si, se pide que a la instancia se acompañe Escrituras de la vivienda, nota simple del Registro de la Propiedad, la Licencia de construcción, la Licencia de primera ocupación o la Cedula de habitabilidad.

    ¿Alcanza la ayuda a las segundas viviendas?:

    Si, aunque se le concede menos puntación en la fase de concurrencia competitiva.

    ¿Qué organismo será el gestor de las ayudas?:

    El Órgano competente para la resolución de las ayudas  será el Consejero Insular del Área de la Energía que deberá de resolver antes de 6 meses.

    ¿Por qué método se producirá la notificación de concesión?:

    Las notificaciones se efectuarán a través del Tablón de Anuncios de la Corporación y en su portal del Web.

    ¿Pueden informarme y asesorarme sobre estás ayudas?

    Por supuesto, en Cambio Energético, desde nuestra delegación en Canarias estamos para ayudarles y aconsejarles en todo lo que necesite, pueden contactar con nosotros a través de los siguientes medios:

    Teléfonos: 922 89 96 96 y 660 34 28 63

    email: [email protected]

    o a través del formulario que encontrará a continuación: 

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