AYUDAS PARA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y AUTOCONSUMO EN EXTREMADURA 2019
Esta subvención ha expirado.
El 25 de enero de 2019, se ha publicado la Orden que establece la convocatoria de subvenciones correspondientes al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 que además de regular la concesión de ayudas para la autopromoción, la rehabilitación o mejora de la accesibilidad, el alquiler o ayudas a la entrada para la adquisición de viviendas, dedica un amplio programa de ayudas a la mejora de la eficiencia energética de las viviendas o a la producción de nuestra propia energía, con ayudas generales del 40 % que en algunos casos pueden llegar al 75 % de la inversión, sin que se exija a los peticionarios límites de renta alguno .
CAMBIO ENERGETICO está especializada en la instalación de todas las dotaciones energéticas que aquí se subvencionan y puede, además, ayudarle para la tramitación de las ayudas.
Se resumen a continuación, algunas de las condiciones que rigen la convocatoria relacionadas con las ayudas a las energías renovables:
Objeto de la subvención:
Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad tanto de las viviendas unifamiliares como de las situadas en bloques.
Actuaciones incluidas:
Instalación o sustitución de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación.
Instalación de equipos generadores de energías renovables tales como los fotovoltaicos, la biomasa o la geotérmica.
Se incluyen también otras intervenciones como la mejora de la envolvente térmica o los puntos de recarga de vehículos en las urbanizaciones o bloques.
Cuantías de las ayudas:
40 % con carácter general sobre el presupuesto protegido que incluso pueden llegar al el 75 % en los casos en que los ingresos de la unidad familiar sean inferiores a 3 veces el IPREM. (unos 1613.52 €/mes, aproximadamente según la población).
Las ayudas no pueden superar determinadas cuantías que dependen de las condiciones personales o familiares de los solicitantes.
Método de adjudicación de las ayudas:
Concesión directa, por orden de llegada.
Limites de ingresos económicos.
No existen límites para tener derecho a las ayudas.
Documentación técnica necesaria.
Concesión directa, por orden de llegada.
Limites de ingresos económicos.
No existen límites para tener derecho a las ayudas.
Documentación técnica necesaria.
Es necesario haber obtenido el Informe de Evaluación de los Edificios en las viviendas unifamiliares y un Certificado de Eficiencia Energética. En los pisos sólo se exige el Certificado citado.
Órgano que tramitará las ayudas.
El órgano encargado de la tramitación y concesión de las ayudas será la Secretaría General de Arquitectura, vivienda y políticas de consumo.
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