
La región de murcia convoca subvenciones para el fomento de energías renovables en empresas de hasta el 65% 2021
Esta subvención ha expirado.
El pasado 16 de marzo se ha convocado por la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía del Gobierno de Murcia subvenciones destinadas al fomento de la eficiencia energética y el uso de energías renovables por parte de las empresas de la Región de Murcia
Tipos de instalaciones subvencionadas.
La renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía cuya finalidad sea el ahorro energético y la disminución de las emisiones CO2.
Las instalaciones solares fotovoltaicas para el aprovechamiento de la energía generada en el punto de consumo. El valor mínimo de la potencia pico se establece en 30 KWp
Beneficiarios
Empresas de la Región de Murcia
Plazo de presentación de solicitudes.
Se podrán solicitar estas subvenciones hasta el 19 de abril de2021. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Cuantías de las ayudas.
Grandes empresas: 25%
Medianas empresas: 35%
Pequeñas empresas: 45%
Si la instalación dispone de sistemas de acumulación (baterías) el porcentaje puede incrementarse en 20 puntos porcentuales.
Requisitos para la obtención de las ayudas.
Estar constituida como empresa e inscrita en el Registro Mercantil con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
Pertenecer al sector industrial o terciario.
Que la actuación se realice dentro de la Región de Murcia.
Que la actuación no hay comenzado antes de la fecha de la solitud.
Como es habitual, para optar a cualquier subvención, los beneficiarios deberán estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con todas las administraciones públicas.
Método de adjudicación de las ayudas.
Se adjudicarán por concurrencia competitiva entre aquellos solicitantes que hayan cumplido los requisitos exigidos a través de una Comisión de Valoración.
Gastos subvencionados.
Se consideran subvencionables las inversiones en bienes materiales y trabajos externos como la adquisición de equipos e instalaciones, sistemas auxiliares para su funcionamiento, la obra civil necesaria para la instalación de los equipos, así como el montaje y la puesta en marcha.
Inicio y ejecución de la inversión.
Las actuaciones a subvencionar no deberán, en ningún caso, haberse iniciado antes de presentar la solicitud.
Plazos de ejecución y justificación de la inversión.
El plazo para ejecutar se establecerá en la orden de concesión y el plazo para justificar será de 3 meses desde el fin del plazo de ejecución.
Documentación técnica necesaria para la solicitud.
Será necesaria una memoria técnica suscrita por un técnico cualificado.
Compatibilidad con otras ayudas para el mismo proyecto.
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas y subvenciones para la misma actuación, siempre y cuando no supere el coste de la actividad subvencionable.
Órgano gestor.
Consejería de Empresa, Industria y Portavocía.
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