
Subvenciones a empresas de Córdoba para realizar instalaciones fotovoltaicas
Subvención activa hasta el 04/04/2025
Nueva línea de ayudas de la Diputación de Córdoba para la instalación de paneles solares y climatización en empresas en Córdoba
Estas subvenciones, que también cuentan con una línea de ayudas para entidades locales, están destinadas a proyectos de ahorro, eficiencia energética, fomento de las energías renovables y reducción de emisiones de CO2 en el sector empresarial de la provincia Córdoba, a través de la instalación de paneles solares fotovoltaicos, batería y sistemas de aerotermia, entre otras actuaciones.
La convocatoria cuenta con un presupuesto de 300.000 de euros. Por lo que debes darte prisa si quieres acceder a estas ayudas antes de que se terminen los fondos.

Plazos
Solicitud
Plazo máximo hasta el 4 de abril de 2025
Resolución
6 meses desde la publicación de la convocatoria
Ejecución
5 meses desde la publicación en el BOP
Justificación
3 meses a partir del último día del plazo de ejecución
Beneficiarios
Pueden beneficiarse de estas subvenciones las pequeñas y medianas empresas instaladas y que desarrollen su actividad en el territorio de la provincia de Córdoba.
Requisitos
Estar legalmente constituidas cuando se ha publicado la convocatoria.
Domicilio fiscal en la provincia de Córdoba y/o realizar la mayor parte de su actividad en el ámbito provincial.
Que las actuaciones no sean de obligado cumplimiento.
Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Diputación y no tener pendiente de justificar anteriores subvenciones.
Actuaciones Subvencionables
Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables:
Instalaciones de autoconsumo fotovoltaico
Sistemas térmicos y de climatización
Sistemas de cogeneración
Sistemas para el control de instalaciones
Mejora de la envolvente de los edificios
Iluminación exterior e interior
Cuantía de la ayuda
Hasta el 75% de la inversión, con un máximo de 20.000 euros.
Compatibilidad con otras ayudas
Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra ayuda para la misma finalidad, siempre que el importe, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas no supere el 75% del coste de la actuación subvencionada. Y, en el caso de que la suma de las ayudas supere el coste de la actuación subvencionada, se reducirá la cuantía de subvención hasta dicho límite.
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