INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO EN BALEARES

Subvenciones para instalar placas solares, baterías y puntos de recarga de vehículo eléctrico en Illes Balears

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    Subvención activa hasta el 28/02/2027

    Nueva línea de ayudas del Factor de Insularidad para instalaciones de energías renovables, almacenamiento eléctrico e infraestructura de recarga en Illes Balears

    El programa impulsado por la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía busca impulsar proyectos de generación renovable y eficiencia con los siguientes objetivos:

    • – Promover la transición energética para reducir la dependencia de combustibles fósiles.
    • – Fomentar la instalación de energías renovables para producción eléctrica y térmica.
    • – Impulsar medidas de gestión de la demanda y eficiencia energética.
    • – Favorecer una transición justa para los sectores afectados por el cambio de modelo energético.

    La convocatoria cuenta con un presupuesto de 4,11 millones de euros.

    El plazo para presentar solicitudes se inicia el 9 de julio de 2026 y termina el 28 de febrero de 2027 o cuando se terminen los fondos. Por lo que debes darte prisa si quieres acceder a estas ayudas antes de que se acabe el presupuesto.

    INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO EN IBIZA

    Plazos

    Solicitud

    Solicitud

    Desde el 9 de julio de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027

    Resolución

    Resolución

    Seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud

    Ejecución

    Ejecución

    Autoconsumo solar: Entre 4 y 9 meses, dependiendo de la potencia instalada. Bombas de calor y almacenamiento: 5 meses. Límite máximo absoluto: 15 de septiembre de 2027

    ¿Quién puede solicitar estas subvenciones?

    Pueden acogerse a estas ayudas:

    Personas físicas (con o sin actividad económica) residentes en las Illes Balears (bombas de calor, almacenamiento, recarga).

    Empresas (PYME y grandes empresas) del sector privado.

    Entidades públicas: Ayuntamientos, consejos insulares y sociedades mercantiles públicas.

    Otras entidades: Universidades, comunidades de energías renovables, comunidades de propietarios y entidades sin ánimo de lucro.

    Nota importante: Para el programa de autoconsumo solar, la convocatoria excluye explícitamente a las personas físicas como beneficiarios directos en esta línea específica.

    Actuaciones subvencionables

    El programa se centra en las siguientes inversiones:

    Autoconsumo solar fotovoltaico: Instalaciones nuevas o ampliaciones (conectadas o aisladas) con potencia de hasta 500 kWp.

    Aerotermia (Bombas de calor): Instalaciones térmicas renovables para climatización o agua caliente con un rendimiento (SPF) superior a 2,5. Se excluyen equipos aire-aire en el sector residencial privado.

    Almacenamiento con Baterías: Sistemas de acumulación eléctrica con capacidad de hasta 200 kWh. Las baterías no pueden ser de tecnología plomo-ácido y deben tener 5 años de garantía.

    Puntos de recarga de vehículo eléctrico: La infraestructura debe tener una potencia de recarga de hasta 15 kW.

    autoconsumo en vivienda de las Islas Baleares
    INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO EN IBIZA
    INSTALACIÓN DE AUTOCONSUMO EN BALEARE
    Detalle de la instalación de paneles solares en una empresa de telecomunicaciones de Mérida
    Instalación de paneles solares para autoconsumo en un taller de Coria

    Cuantía de las ayudas

    La cuantía se calcula aplicando un porcentaje sobre los costes subvencionables (fijados por módulos máximos):

    Autoconsumo Solar: Entre el 40% (gran empresa) y el 70% (entidades sin actividad económica o régimen de minimis). Existen costes adicionales subvencionables por retirada de amianto o instalación de marquesinas.

    Aerotermia (bombas de calor): Entre el 40% y el 70%. Se establece un límite de 25.000 € para particulares y autónomos.

    Almacenamiento con baterías: Entre el 30% y el 45% de la inversión.

    Infraestructura de recarga de vehículo eléctrico: Entre el 20% y el 70% de la inversión según el tamaño de la empresa. El límite general es de 12.000 euros por instalación, a excepción de las personas físicas sin actividad económica, cuyo límite es de 2.500 euros.

    Límite general: Ningún beneficiario podrá recibir más de 300.000 € en el conjunto de los programas.

    Compatibilidad con otras ayudas

    Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas de cualquier administración siempre que no cubran el mismo coste y el total no supere el coste del proyecto. Sin embargo, son incompatibles con otras ayudas para la misma actuación gestionadas por la misma Consejería de Empresa, Autónomos y Energía.

    No pierdas la oportunidad y contacta con nosotros

    No dejes de pasar esta oportunidad. Contacta con nosotros sin compromiso y te informaremos al detalle. En Cambio Energético ofrecemos un trato personalizado durante todo el proceso: Antes, durante y después de tu instalación y nos hacemos cargo de toda la tramitación administrativa de la subvención y la instalación.

     

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