Subvenciones para instalaciones de energía solar fotovoltaica en pymes de islas baleares 2024
Esta subvención ha expirado.
El pasado 30 de diciembre de 2023 se convocó subvenciones por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Baleares destinadas al fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica con o sin almacenamiento para PYMES.
El plazo de presentación de solicitudes va desde el 15/01/2024 hasta el 15/07/2024 o AGOTAR PRESUPUESTO. Así que, cuanto antes la solicites, antes te aseguras que puedas disponer de esta subvención.
A continuación mostramos las principales características de la convocatoria.
Plazo
- Desde el 15/01/2024 hasta el 15/07/2024 o AGOTAR PRESUPUESTO.
Presupuesto
- 10.000.000€
Beneficiarios
- PYMES
Inversiones subvencionadas
- PROGRAMA 1: Implantación de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento (batería litio).
- Nuevas instalaciones autoconsumo fotovoltaico hasta 500kWp. En el caso de instalaciones superiores únicamente se subvencionarán los 500 kWp primeros.
- Almacenamiento de las instalaciones anteriores hasta 100 kWh. En el caso de instalaciones superiores únicamente se subvencionarán los 100 kWh primeros.
- Hay incrementos por instalación en marquesina, eliminación de cubierta de amianto o por cambio de tensión 125/220 por 230/400 (ver tabla1).
- PROGRAMA 2: Actuaciones de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado interior de edificios existentes.
- Alumbrado interior que consiga una reducción de la demanda del 10%.
Solicitud
- De forma telemática.
Subvención
- AUTOCONSUMO: Calcular en el precio del €/kWp de la instalación. Comparar con la tabla y elegir el valor menor. Aplicar la tabla 2 dependiendo del tamaño de la empresa.
Tabla 1
Actuación autoconsumo | Coste subvencionable unitario máximo subvencionable generación €/kW (Csumg) | Coste complementario subvencionable unitario máximo marquesinas €/kWp (Csummarq) | Coste complementario subvencionable unitario máximo eliminación amianto €/kWp (Csumami) | Coste complementario subvencionable unitario máximo cambio de tensión 230/400 €/kWp (Csummcten) |
Instalación fotovoltaica 100kWp<P≤500kWp | 749 | 500 | 719,8 | 200 |
Instalación fotovoltaica 10kWp<P≤100kWp | 910 | 500 | 817,80 | 300 |
Instalación fotovoltaica P≤10kWp | 1.188 | 500 | 1.082,40 | 400 |
Instalación eólica 20kWp<P≤500kW | 3.072 | – | – | – |
Instalación eólica P≤20kW | 4.723 | – | – | – |
Tabla 2
Tipo beneficiario | Pequeña empresa | Mediana empresa |
Los establecidos en la convocatoria |
60% | 50% |
En caso de realizar actuaciones en la misma instalación de forma conjunta en el Programa 1 y en el Programa 2, el porcentaje de la tabla anterior se incrementará con un 5%.
Veámoslo con un EJEMPLO:
Una instalación fotovoltaica de 50kWp en pequeña empresa, con un presupuesto de instalación sin IVa de 42.000€. El cálculo sería:
42.000 / 50kWp = 840€/kWp
En la tabla 1 está a 910€/kWp.
Hay que elegir el menor.
Por lo que la ayuda quedaría: 50kWp x 840 = 42.000€ x 60% = 25.200€ de ayuda.
- ALMACENAMIENTO: Calcular en el precio del €/kWh de la instalación. Comparar con la tabla 3 y elegir el valor menor. Aplicar la tabla 4 dependiendo del tamaño de la empresa.
Tabla 3
Actuación autoconsumo | Coste subvencionable unitario máximo almacenamiento €/kWh (Csume) |
10kWp < Capacidad ≤ 100kWp | 650 |
Capacidad ≤ 10kWp | 910 |
Tabla 4
Tipo beneficiario | Pequeña empresa | Mediana empresa |
Los establecidos en la convocatoria | 50% | 40% |
- MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA ALUMBRADO INTERIOR: Coste subvencionable por el porcentaje de tabla 5.
Tabla 5
Tipo beneficiario | Pequeña empresa | Mediana empresa |
Los establecidos en la convocatoria | 40% | 30% |
En caso de realizar actuaciones en la misma instalación de forma conjunta en el Programa 1 y en el Programa 2, el porcentaje de la tabla anterior se incrementará con un 5 %.
Método de adjudicación de ayudas
- Concesión directa por orden de llegada hasta agotar presupuesto.
Plazo de resolución
- 6 meses
Plazo de ejecución
- Desde el día siguiente de la solicitud hasta el plazo que venga fijado en la resolución de la concesión de la subvención.
Plazo de justificación
- Vendrá fijado en la resolución de la concesión de subvención no pudiendo ser superior al 31/07/2025.
Minoración de subvención
- En el caso de no justificar totalmente la actividad subvencionada se minoraría proporcionalmente.
Si tienes un proyecto de renovables en mente y quieres acceder a estas subvenciones, contacta con Cambio Energético sin compromiso. Desde nuestra sede de Cambio Energético en Mallorca te asesoraremos en todo lo que necesites, te acompañaremos durante el proceso y, si contratas tu instalación con nosotros, nos encargaremos de todos los trámites que necesitas para poner tu instalación en marcha.
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