SUBVENCIONES PARA AUTOCONSUMO EN EL CABILDO DE GRAN CANARIA
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Esta subvención ha expirado.
Se ha publicado convocatoria de subvenciones del Cabildo de Gran Canaria para instalaciones de Energía Solar Fotovoltaica en viviendas conectadas a la red eléctrica con grado de autoconsumo de al menos el 80%.
Se subvencionará 1€/w hasta un máximo de 3 kW. (3.000€).
Se podrán realizar instalaciones mayores pero sólo será subvencionable hasta 3kW.
Plazo: Desde el 13/11/2019 hasta el 31/10/2020.
PRESUPUESTO:
200.000€
BENEFICIARIOS:
- Personas físicas
- Comunidades de propietarios
ACTUACIONES SUBVENCIONADAS:
- Instalación fotovoltaica en viviendas o edificios con conexión a la red.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Los que de manera indubitativa respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.
- Ser necesarios para llevar a cabo el proyecto subvencionado.
COSTES NO SUBVENCIONABLES:
- El IVA, IGIC,… no serán subvencionable
SOLICITUD:
- De forma telemática con la posibilidad de realizarlo a través de instaladores/representantes
DOCUMENTACIÓN PARA LA JUSTIFICACIÓN:
- Telemáticamente:
- Certificado de la instalación Fotovoltaica acompañado de memoria técnica de diseño presentada en la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias.
- Recomendaciones de Eficiencia Energética acompañado del certificado de eficiencia energética emitido con posterioridad a la solicitud de subvención.
- Fotografías de la instalación fotovoltaica ejecutada donde se aprecien los módulos e inversores.
- Relación clasificada de los gastos (acompañado de facturas originales).
- Presencialmente y documentación original: (Los beneficiarios deben presentarlos en las dependencias del Consejo Insular de la Energía de Gran Canaria)
- Original DNI
- Original de “Recomendaciones sobre eficiencia energética” firmadas por solicitante e instalador.
- Original de “Relación clasificada de los gastos de la actividad”
- Original de las facturas.
- Plazo de resolución: Máximo 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
- Plazo de ejecución y justificación:3 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Compatibilidad de las ayudas: Se podrá compatibilizar con otras ayudas para la misma finalidad siempre y cuando no supere el coste de la actividad subvencionada.
NO se aceptan pagos a través de modalidades de FINANCIANCIÓN.
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