subvención energías renovables en Murcia 2019

SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN VIVIENDAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMAS DE LA REGIÓN DE MURCIA. HASTA EL 50%

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    Esta subvención ha expirado.

    Se ha convocado por la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de Murcia subvenciones destinadas a fomentar el autoconsumo de energías renovables, con la instalación de energía solar fotovoltaica en viviendas conectadas y no conectadas a la red de distribución.       

    Tipos de instalaciones subvencionadas

    Instalaciones de energía solar fotovoltaica conectadas (Autoconsumo solar) y no conectadas a la red de distribución.

    Plazo de presentación de solicitudes

    45 días a partir del día siguiente a de la publicación del extracto de convocatoria.

    Beneficiarios

    Pueden optar a estas ayudas las personas físicas o jurídicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de una vivienda situada en la Comunidad Autónoma de Murcia.

    Cuantías de las ayudas

    Las ayudas pueden alcanzar hasta el 50 % de la inversión con un límite de 20.000€ o 2€/wp para sistemas con baterías y 15.000€ o 1,5€/wp para instalaciones sin baterías. Máximo de 10 kW de potencia nominal del inversor.

    Método de adjudicación de las ayudas

    Las subvenciones se adjudicarán por el método de concurrencia competitiva siguiendo los siguientes criterios de valoración:

    A. – POTENCIA DE LA INSTALACIÓN

    Instalación de 3KW 30 pts.

    Instalaciones de 3 KW a 7KW 20 pts.

    Instalaciones de 7KW a 10KW 10 pts.

    B.- CONTRATO DE MANTENIMIENTO:

    Contrato de 3 años 10 pts.

    Convenio por 5 años 20 pts.

    Contrato a 10 años 30 pts.

    C.- TIPO DE INSTALACIÓN

    Instalación aislada con baterías 20 puntos.

    Instalación conectada a red con o sin baterías 10 puntos.

    D. – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

    Aportada correctamente a la primera: 20 puntos.

    C. – MONITORIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN:

    20 puntos.

    Límites de ingresos económicos

    No se exigen condiciones económicas especiales de tipo alguno de los solicitantes.

    Gastos subvencionados

    Se subvenciona el coste de los equipos y su montaje, así como los gastos de pequeña albañilería pero no se incluyen ni el IVA u otros impuestos.          

    Inicio y ejecución de la inversión

    Las instalaciones se pueden comenzar al día siguiente de haber presentado la solicitud  de la ayuda y deberán finalizar antes de la fecha que se fija en la resolución de la subvención, que nunca será superior a 4 meses desde la fecha de notificación al interesado.

    Documentación técnica necesaria para la solicitud

    Es necesario presentar una memoria descriptiva de la instalación así como un contrato de mantenimiento de la misma.

    Compatibilidad con otras ayudas para el mismo proyecto

    Esta ayuda NO se podrá compatibilizar con otras ayudas para la misma finalidad.

    Abono de la ayuda

    El abono de la ayuda se realizará a través de transferencia bancaria a la cuenta del beneficiario indicada en la solicitud.

    Plazo de justificación

    El plazo para justificar esta ayuda se establece en 4 meses desde la publicación de la convocatoria por lo que finalizará el próximo 18 de julio de 2019.

    Órgano gestor

    Consejería de Fomento e Infraestructuras.

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