
SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN VIVIENDAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMAS DE LA REGIÓN DE MURCIA. HASTA EL 50%
Esta subvención ha expirado.
Se ha convocado por la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de Murcia subvenciones destinadas a fomentar el autoconsumo de energías renovables, con la instalación de energía solar fotovoltaica en viviendas conectadas y no conectadas a la red de distribución.
Tipos de instalaciones subvencionadas
Instalaciones de energía solar fotovoltaica conectadas (Autoconsumo solar) y no conectadas a la red de distribución.
Plazo de presentación de solicitudes
45 días a partir del día siguiente a de la publicación del extracto de convocatoria.
Beneficiarios
Pueden optar a estas ayudas las personas físicas o jurídicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de una vivienda situada en la Comunidad Autónoma de Murcia.
Cuantías de las ayudas
Las ayudas pueden alcanzar hasta el 50 % de la inversión con un límite de 20.000€ o 2€/wp para sistemas con baterías y 15.000€ o 1,5€/wp para instalaciones sin baterías. Máximo de 10 kW de potencia nominal del inversor.
Método de adjudicación de las ayudas
Las subvenciones se adjudicarán por el método de concurrencia competitiva siguiendo los siguientes criterios de valoración:
A. – POTENCIA DE LA INSTALACIÓN
Instalación de 3KW 30 pts.
Instalaciones de 3 KW a 7KW 20 pts.
Instalaciones de 7KW a 10KW 10 pts.
B.- CONTRATO DE MANTENIMIENTO:
Contrato de 3 años 10 pts.
Convenio por 5 años 20 pts.
Contrato a 10 años 30 pts.
C.- TIPO DE INSTALACIÓN
Instalación aislada con baterías 20 puntos.
Instalación conectada a red con o sin baterías 10 puntos.
D. – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Aportada correctamente a la primera: 20 puntos.
C. – MONITORIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN:
20 puntos.
Límites de ingresos económicos
No se exigen condiciones económicas especiales de tipo alguno de los solicitantes.
Gastos subvencionados
Se subvenciona el coste de los equipos y su montaje, así como los gastos de pequeña albañilería pero no se incluyen ni el IVA u otros impuestos.
Inicio y ejecución de la inversión
Las instalaciones se pueden comenzar al día siguiente de haber presentado la solicitud de la ayuda y deberán finalizar antes de la fecha que se fija en la resolución de la subvención, que nunca será superior a 4 meses desde la fecha de notificación al interesado.
Documentación técnica necesaria para la solicitud
Es necesario presentar una memoria descriptiva de la instalación así como un contrato de mantenimiento de la misma.
Compatibilidad con otras ayudas para el mismo proyecto
Esta ayuda NO se podrá compatibilizar con otras ayudas para la misma finalidad.
Abono de la ayuda
El abono de la ayuda se realizará a través de transferencia bancaria a la cuenta del beneficiario indicada en la solicitud.
Plazo de justificación
El plazo para justificar esta ayuda se establece en 4 meses desde la publicación de la convocatoria por lo que finalizará el próximo 18 de julio de 2019.
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