
Cambios en la facturación por exceso de potencia: Cómo afecta a la industria
Los cambios en la facturación por exceso de potencia buscan evitar las distorsiones que genera contratar menos potencia de la que necesitas.
Hasta ahora, la tendencia en muchas industrias es ajustar el término de potencia al máximo y pagar un extra por los picos de potencia extra. Pero esto genera distorsiones en la red, al provocar un desequilibrio entre la demanda estimada y la real.
Pero esto está a punto de cambiar. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a través de la Circular 1/2025 y la Memoria justificativa de la modificación de peajes, ha propuesto una serie de cambios en la facturación que permitan reducir los excesos de potencia y, con ello, el desequilibrio entre la oferta y la demanda.
En Cambio Energético somos especialistas en ahorro y eficiencia energética. Queremos compartir contigo nuestra experiencia para que estés al tanto de las novedades en materia energética. En este artículo te explicamos en qué consiste la propuesta de cambios en la facturación por exceso de potencia de la CNMC y cómo afectará a la industria. Pero si tienes alguna otra duda sobre cómo producir tu propia energía limpia, contacta con nosotros.
- 1 Objetivo de los cambios en la facturación por exceso de potencia
- 2 Cambios en la metodología de cálculo
- 3 Impacto en la facturación por exceso de potencia
- 4 Cambios en el control y medición de la potencia
- 5 Aspectos regulatorios y plazos de entrada en vigor
- 6 Síntesis de los cambios en la facturación por exceso de potencia
- 7 Cómo afectarán estos cambios a la industria
- 8 Alternativas para evitar penalizaciones por exceso de potencia
Objetivo de los cambios en la facturación por exceso de potencia
La actualización de la metodología tiene como finalidad adaptar la facturación de los peajes de transporte y distribución a la demanda real de potencia de los consumidores, para evitar distorsiones que puedan surgir por una contratación inferior a la necesidad real. Igualmente, se persigue incentivar una contratación adecuada de potencia para asegurar la sostenibilidad del sistema eléctrico.
Para ello, esta nueva metodología con discriminación horaria (Kp) conllevará una reducción del precio de potencia a contratar, especialmente en determinadas tarifas, así como un sistema de penalizaciones por tramos horarios que serán más altas en los periodos de mayor demanda.

Cambios en la metodología de cálculo
Los cambios en la metodología de cálculo de facturación por exceso de potencia tienen que ver con la optimización de la potencia, las restricciones para la facturación y la aplicación de un incremento del valor del exceso de potencia. Veamos en qué consisten de forma más detallada.
Para optimizar la potencia contratada, se plantean los siguientes pasos:
- Demanda máxima y curva de carga: El primer paso consiste en facturar la potencia contratada considerando la demanda máxima registrada en cada periodo, que se determina a partir de la curva de carga del grupo tarifario.
- Potencia optimizada: Se introduce una optimización en la que, teniendo en cuenta el término vigente de excesos de potencia, se determina la potencia que se debería contratar en cada periodo para minimizar la facturación de peajes. Este ejercicio permite comparar la facturación teórica (si se contratase exactamente la demanda máxima) con la facturación obtenida tras optimizar la contratación.
La metodología establece dos restricciones fundamentales para el cálculo del precio del exceso de potencia:
- La facturación basada en la potencia contratada teórica del periodo debe ser igual o inferior a la suma de la facturación obtenida tras la optimización más la facturación por potencia demandada.
- Inversamente, la facturación por la potencia contratada no debe superar la suma de la facturación optimizada más la facturación por excesos de potencia.
Esta doble comparación garantiza que el resultado obtenido refleje un equilibrio entre el coste de contratar de más y el de sufrir penalizaciones por excedentes.
Tras determinar el término resultante mediante los pasos anteriores, se incrementa el valor del exceso de potencia en un 20%. Es decir, si te pasas de la potencia contratada, pagarás más. Este ajuste se implementa con el fin de desincentivar la contratación de potencias inferiores a la real, evitando que los consumidores se beneficien de una subcontratación que podría generar costes adicionales en situaciones de sobrepaso de la potencia contratada.
Impacto en la facturación por exceso de potencia
Con estos cambios, se espera que la facturación por excesos de potencia se reduzca de forma significativa, con disminuciones aproximadas del 74% para los peajes 3.0 TD y del 67% para los peajes 6.1 TD.
En la siguiente tabla te mostramos la facturación de los suministros con información individualizada y con excesos de potencia a los precios vigentes y a los de la nueva propuesta:
Peaje | Nº Suministros | Potencia facturada (MW) | Consumo (MWh) |
3.0 TD | 3.077 | 44 | 85.120 |
6.1 TD | 19.227 | 289 | 838.939 |
Total | 22.304 | 333 | 924.059 |
Peaje | Facturación Término Potencia peajes T&D | Facturación excesos potencia vigente (€) | Facturación excesos potencia propuesta (€) | % variación propuesta sobre vigente |
3.0 TD | 1.254.875 | 981.834 | 254.825 | -74,0% |
6.1 TD | 15.992.367 | 13.215.641 | 4.361.593 | -67,0% |
Total | 17.247.241 | 14.197.474 | 4.616.418 | -67,5% |
Este efecto se debe a que, al optimizar la potencia contratada, se consigue un mayor ajuste a la demanda real, evitando cargos excesivos cuando la demanda momentánea supera la potencia contratada.
Cambios en el control y medición de la potencia
La nueva metodología también introduce modificaciones en la forma de medir y controlar la potencia, diferenciándose según el tipo de punto de medida:
La medición se realiza mediante registros cuarto-horarios. Para estos consumidores, la facturación por exceso se determina aplicando una fórmula específica que incorpora el término de exceso de potencia (expresado en €/kW) y la raíz cuadrada de la suma de las diferencias en cada cuarto de hora en que se haya excedido la potencia contratada.
Se utiliza un maxímetro para registrar la potencia cuarto-horaria máxima en cada periodo tarifario. En estos puntos, cuando la potencia demandada supera la contratada, se procede a la facturación del exceso mediante la multiplicación de la diferencia (entre potencia demandada y contratada) por el precio establecido del término de exceso.
En situaciones donde el equipo de medida no permite la discriminación horaria o la telegestión, se emplean dispositivos como el interruptor de control de potencia (ICP) para garantizar el cumplimiento de los parámetros contratados.
Estas medidas aseguran que el control de la potencia se efectúe de forma precisa y proporcional a la realidad del consumo, reduciendo potenciales ineficiencias en la facturación.
Aspectos regulatorios y plazos de entrada en vigor
Los nuevos términos de facturación, incluida la metodología para la determinación de excesos de potencia, entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2025, una vez pase la fase de audiencia pública y de alegaciones del sector, previa a su aprobación definitiva. Esto permite un periodo de adaptación para consumidores y agentes implicados en el proceso de medición y facturación.
Además de los cambios en la facturación por excesos de potencia, se han introducido modificaciones complementarias en la Circular para incluir, por ejemplo, la actualización de coeficientes de pérdidas y la extensión del régimen de peajes a puntos de recarga de vehículos eléctricos. Esto refleja un esfuerzo por integrar objetivos de descarbonización y modernización del sistema eléctrico.
Síntesis de los cambios en la facturación por exceso de potencia
En resumen, los cambios más relevantes en la facturación de excesos de potencia para 2025 se centran en:
Una metodología optimizada: Que compara la facturación teórica con la optimizada basada en la curva de carga, imponiendo restricciones que equilibran ambos enfoques.
Un ajuste del 20%: Aplicado al resultado final para incentivar la contratación de potencias adecuadas a la demanda real, evitando penalizaciones excesivas.
Impactos económicos diferenciados: Con reducciones significativas en ciertos peajes (74% en 3.0 TD y 67% en 6.1 TD), lo que favorece a los consumidores con perfiles de consumo optimizados.
Mejoras en el control y medición: La incorporación de dispositivos de control (maxímetros, ICP, medidores cuarto-horarios) garantiza una facturación más precisa y adaptada a la realidad del consumo.
Como decíamos, con estos cambios se busca lograr una mayor equidad y eficiencia en la facturación de los peajes de transporte y distribución, contribuyendo a la sostenibilidad económica y técnica de nuestro sistema eléctrico.
Cómo afectarán estos cambios a la industria
Los cambios en la facturación por exceso de potencia afectarán a tu industria de forma diferente, en función de si puedes adaptarte a las optimizaciones propuestas o no:
- Si puedes adaptarte a las optimizaciones propuestas, tus cargos por exceso de potencia se reducirán.
- Si no puedes adaptarte a los cambios propuestos, tendrás que pagar más por el exceso de potencia.
Alternativas para evitar penalizaciones por exceso de potencia
Si la actividad de tu empresa requiere de un extra de potencia puntual que hace que no te merezca la pena contratar más potencia, tienes otras opciones para reducir tu demanda de potencia:
- Realizar una instalación de paneles solares: Esta no solo reducirá tu consumo energético, sino que también te aportará ese extra de potencia que necesitas.
- Instalar un sistema de almacenamiento de energía: Disponer de batería de litio, ya sean para cargar desde tu instalación fotovoltaica o directamente desde la red, te permite disponer también de un extra de potencia para esos momentos en los que lo necesitas, sin necesidad de afrontar los costes más elevados que suponen sobrepasar la potencia que tengas contratada.


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