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Cambio energético se adhiere al sistema arbitral de consumo nacional

    Desde sus inicios  la empresa Cambio Energético ha estado estaba adherida al Sistema Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, donde ha aceptado sin reparos el laudo de la única reclamación efectuada a través de este sistema de arbitraje en los años que lleva en funcionamiento, pues otras reclamaciones han sido atendidas satisfactoriamente para el cliente, sin llegar a este sistema de arbitrio, que además de ser gratuito tanto para las empresas como para el consumidor, evita que se tenga  que acudir al juzgado para dirimir las controversias que en todas las relaciones comerciales suelen producirse de vez en cuando, algunas veces con toda la razón por parte del cliente y en algunas no.

    Con motivo de la ampliación de nuestros servicios a todas las comunidades autónomas, donde tenemos en casi todas ellas representantes, oficinas y técnicos que colaboran con nosotros,  hemos propuesto  la adhesión a la Junta de Arbitraje Nacional para facilitar a nuestros clientes cualquier reclamación que no hayamos atendido a su satisfacción.

    Puede consultarse toda la información oficial en el siguiente enlace: Sistema arbitral de consumo

    El Sistema Arbitral de Consumo es el instrumento que las Administraciones Públicas ponen a disposición de los ciudadanos para resolver de modo eficaz los conflictos y reclamaciones que surgen en las relaciones de consumo, toda vez que la protección de los  consumidores y usuarios exige que éstos dispongan de mecanismos adecuados para resolver sus reclamaciones.

    La ley define el Sistema Arbitral de Consumo como el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresarios o profesionales a través del cual, sin formalidades especiales y con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, se resuelven las reclamaciones de los consumidores y usuarios, siempre que el conflicto no verse sobre intoxicación, lesión o muerte o existan indicios racionales de delito.

    A través del sistema arbitral de consumo las partes voluntariamente encomiendan a un órgano arbitral, que actúa con imparcialidad, independencia y confidencialidad la decisión sobre la controversia o conflicto surgido entre ellos.

    Esta decisión, vinculante para ambas partes, tiene la misma eficacia que una Sentencia.

    El consumidor, puede presentar directamente en las Juntas Arbitrales su reclamación pero se suele hacer para más garantía a través de alguna Asociación de consumidores y Usuarios.

    A Continuación os dejamos un listados con los enlaces a las hojas de reclamaciones en las distintas comunidades autónomas:

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