¿Cuáles son las deducciones en el irpf por instalar placas solares y aerotermia?

    Las deducciones en el IRPF por instalar placas solares o aerotermia, van desde el 20% al 60% de la inversión.

    Ya sabes que instalar placas solares o un sistema de aerotermia requiere de una inversión inicial. Es por ello que, para impulsar la transición energética a las energías renovables, las diferentes administraciones públicas están ofreciendo una serie de incentivos que permiten reducir la inversión y, con ello, el tiempo de amortización de tu instalación de tecnología renovable.

    Hablamos de ayudas directas en formato subvenciones, las bonificaciones en el IBI y el ICIO, y también las deducciones en el IRPF. Las obras para la mejora de la eficiencia energética incluyen tres tipos de deducciones en el IRPF por instalar energía renovable: por obras de rehabilitación energética; por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable; y por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.

    En Cambio Energético somos especialistas en energías renovables y queremos facilitarte en todo lo posible tu transición energética. En este caso, nos centraremos en explicarte en qué consisten las deducciones de IRPF por instalar placas solares o aerotermia. Pero si tienes alguna otra duda sobre cómo producir tu propia energía limpia, contacta con nosotros:

    Deducción en el IRPF por obras de rehabilitación energética

    Un primer bloque de deducciones en el IRPF por instalar placas solares tienen que ver con las obras de rehabilitación energética. A continuación te detallamos las principales características de este beneficio fiscal.

    ¿Dónde se pueden realizar las obras?

    Puedes deducir tu instalación de placas solares si la has realizado en tu vivienda, plaza de garaje y trastero que sean de tu propiedad, siempre que se encuentren en edificios de uso predominante residencial.

    No obstante, no da derecho a esta deducción la parte de la vivienda que se vea afectada por una actividad económica. Es decir, que si tienes la sede de tu empresa en tu vivienda, la parte donde se ubique no podrá disfrutar de esta deducción.

    ¿Qué se entiende por obras de rehabilitación energética del edificio?

    Para tener la consideración de obras de rehabilitación energética, estas deben permitir reducir el consumo de energía primaria no renovable en un mínimo del 30%. Otra posibilidad es que las obras supongan un cambio en la calificación energética del edificio, alcanzando una clase energética A o B de la misma escala. Es decir, si tienes una calificación energética C y con las obras logras una calificación B o A, podrás tener acceso a esta deducción.

    Pero ¿cómo puedo acreditarlo? Para ello deberás tener dos certificados de eficiencia energética del edificio donde se ubique tu vivienda, emitido por el técnico competente: uno antes del inicio de las obras (siendo válido el emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras) y otro al final de las mismas.

    ¿Qué plazo tienes para realizar las obras?

    Puedes beneficiarte de esta deducción en el IRPF si has realizado las obras entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025.

    ¿En qué periodo impositivo se aplica la deducción?

    El periodo impositivo en el que se aplica la deducción depende de cuándo emitas el certificado de eficiencia energética después de las obras, pudiendo ser en el 2021, 2022, 2023, 2024 o el 2025. Eso sí, el certificado una vez terminadas las obras deberá expedirse antes del 1 de enero de 2026.

    ¿Cuál es la base de la deducción y el porcentaje de deducción?

    Es importante saber diferenciar dos términos: la base de la deducción es la cantidad máxima a partir de la cual se aplica la deducción; el porcentaje de deducción, por su parte, indica cuánto de esa cantidad es lo que realmente te puedes ahorrar.

    Aquí tenemos dos escenarios:

    • Si el certificado se ha expedido en el periodo impositivo, las cantidades que podrás deducir son las que hayas pagado desde el 6 de octubre de 2021 hasta la finalización del periodo impositivo, habiendo un máximo de 5.000€.
    • En el caso de que el certificado se hubiera expedido en un periodo impositivo anterior, podrás deducir las cantidades satisfechas en el año, también con un máximo de 5.000€.

    ¿Quieres decir esto que solo podrás deducir una inversión máxima de 5.000€? No, también podrás deducir las cantidades que hayas pagado que no pudiste deducir por pasarse de la base máxima anual, en los cuatro ejercicios siguientes con el mismo límite anual de 5.000€. Siempre que la base acumulada de la deducción no supere los 15.000€.

    Veámoslo con un ejemplo. Ponte que has invertido 14.000€ en tu instalación. El primer año podrás deducir una base de 5.000€, el segundo otros 5.000€ y el tercero 4.000€.

    Si se trata de una instalación de autoconsumo compartido en una comunidad de vecinos, la base de deducción para cada propietario será la resultante de aplicar el coeficiente de participación correspondiente a las cantidades que se hayan pagado. Es decir, en función de lo que hayas aportado, es lo que podrás deducirte.

    Y ¿cuál es el porcentaje de deducción? De las cantidades que hayas pagado podrás deducirte el 60%. Siguiendo con el ejemplo anterior, si la obra te ha costado 14.000€, podrás deducirte hasta 8.400€.

    Instalación de placas solares para autoconsumo residencial

    Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable

    Un segundo bloque de deducciones en el IRPF por instalar placas solares es el que se refiere a las obras que contribuyen a mejorar el consumo de energías renovables o, dicho de otro modo, las que sirven para reducir el consumo de energía primaria no renovable. Veamos en qué consisten estas deducciones.

    ¿En qué viviendas puedes realizar las obras?

    Para acceder a esta deducción debes realizar las obras en tu vivienda habitual o en cualquier otra de tu nombre que tengas alquilada como vivienda o que piensas alquilarla antes de 31 de diciembre de 2025.

    En este caso y a diferencia de la anterior deducción, no podrás aplicar la deducción por las obras que realices en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos. Y, al igual que la anterior, tampoco aplica a la parte de la vivienda en la que se desarrolle una actividad económica.

    ¿Qué obras dan derecho a la deducción?

    Las obras sujetas a deducción son aquellas que te permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable, al menos en un 30%. También se aplica a las obras que consigan mejorar la calificación energética de la vivienda, alcanzando una clase energética A o B, en la misma escala de calificación.

    Y ¿cómo acredito estas mejoras? Al igual que en la deducción anterior, necesitarás disponer de dos certificados de eficiencia energética de la vivienda, emitidos por un técnico competente: uno antes del inicio de las obras (siendo válido el emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras); y otro al final de las mismas.

    ¿Qué plazo tienes para realizar las obras?

    Para realizar las obras tienes de plazo desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.

    ¿Cuándo debes aplicar la deducción?

    La deducción se podrá aplicar en el periodo impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética realizado después de las obras. Eso sí, este certificado debe ser expedido antes de 1 de enero de 2025.

    ¿Cuál es la base y el porcentaje de deducción?

    La base a la que se aplica la deducción del IRPF es la cantidad que hayas abonado por las obras desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024. En este caso, la base máxima a deducir son 7.500€.

    En cuanto al porcentaje que podrás deducirte de la cantidad abonada en el periodo especificado es del 40%. Por lo que si has pagado la base máxima de 7.500€, podrás deducirte 3.000€.

    Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

    El último tipo de deducciones en el IRPF es el que hace referencia a las obras que conducen a la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración con energía fósil. Hablamos, por tanto, de deducciones que pueden ayudarte a reducir la inversión en un sistema de aerotermia que te ofrece calefacción en invierno, refrigeración en verano y agua caliente todo el año, gracias al eficiente aprovechamiento que hace este equipo de la energía contenida en el aire.

    Esquema de funcionamiento de un sistema de aerotermia

    Veamos en qué consisten estas deducciones.

    ¿En qué viviendas puedes realizar las obras?

    Al igual que la deducción por obras que conducen a la reducción de energía no renovable, se puede acceder a esta deducción cuando realizas las obras en tu vivienda habitual o en cualquier otra de tu nombre que tengas alquilada como vivienda o que piensas alquilarla antes de 31 de diciembre de 2025.

    Igualmente, no podrás acceder a esta deducción por las obras que realices en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos. Tampoco en las obras que se realicen en la parte de la vivienda donde se desarrolle una actividad económica.

    ¿Qué obras dan derecho a la deducción?

    Para poder acceder a esta deducción de IRPF, las obras que realices deben reducir tu demanda de calefacción y refrigeración con energía fósil en, al menos, un 7%.

    Al igual que en las anteriores deducciones, para acreditar esta mejora necesitarás dos certificados de eficiencia energética de la vivienda, emitidos por el técnico competente: uno antes del inicio de las obras (siendo válido el emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras) y, otro al final de las mismas.

    ¿Qué plazo tienes para realizar las obras?

    Podrás beneficiarte de esta deducción siempre que realices las obras entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.

    ¿En qué periodo impositivo debes aplicar la deducción?

    Podrás aplicar la deducción en el IRPF en el periodo impositivo en el que se haya expedido el certificado de eficiencia energética que se emita después de las obras. Para ello, el certificado debe ser emitido antes del 1 de enero de 2025.

    ¿Cuál es la base y el porcentaje de la deducción?

    La base de la deducción será la cantidad que hayas pagado por las obras realizadas en el periodo indicado (desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024), teniendo un tope máximo  de 5.000 €.

    El porcentaje de deducción que se aplica es del 20%. Esto significa que si llegas a la máxima base de deducción (5.000€), podrás deducirte 1.000€.

    En este artículo hemos visto que tienes posibilidades de reducir la inversión necesaria para instalar placas solares fotovoltaicos o un sistema de aerotermia, gracias a las deducciones en el IRPF por transitar hacia energías limpias y renovables.

    Si quieres dar este paso, contacta con nosotros. Cuando contratas tu instalación con Cambio Energético, te acompañamos en todo el proceso: desde el estudio previo, el diseño y la instalación, hasta la legalización y la tramitación de la subvención, si la hubiera. Pídenos un presupuesto sin ningún tipo de compromiso. Estaremos encantados de atenderte.

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      Comentarios

      1. Is dice:

        Hola, en la mejora energética no se contempla la mejoría del envolvente del edificio, es decir cambiar ventanas con doble vidrio y ruptura del puente térmico ?

        Si no es así se limita a placas solares y aerotermia, o incluirian tambiénlos splits de aire acondicionado inverter ?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Israel,

          Para poder responder a tus dudas, te invitamos a que nos llames directamente al 927 500 162 o escríbenos en el siguiente formulario: https://www.cambioenergetico.com/formulario?id=1

          Estaremos encantados de atenderte.

          Saludos

          • Jose dice:

            Buenas, no tengo claro que solo con una instalación de placas solares se reúna el requisito de bagar un treinta por ciento el consumo de energía no renovable o un 7% en calefacción o refrigeración y esto te lo certifiquen para obtar a la desgravación. En el apartado de desgravación de Hacienda te hablan de deducciones por obras de mejora en eficiencia de las viviendas no solo de instalaciones fotovoltaicas y no me queda claro que con una instalación fotovoltaica ya cumplas esos requisitos, mi instalación es de 7 placas de 380 cada una.
            Espero su respuesta y aclararme.
            Muchas gracias.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Jose,
              Sí es posible lograr ese ahorro con placas solares. Todo depende del diseño y dimensionamiento de la instalación.
              Un saludo

              • Domingo dice:

                Hola si hacienda no te retienen nada de irpf como te deduce la inversión gracias

              • Cambio Energético Juan Medela dice:

                Buenos días, Domingo
                Se trata de una deducción en el importe del IRPF.
                En caso de que no haber importe sobre el que aplicar el descuento, no habría posibilidad de deducción.
                Un saludo

            • Annotio dice:

              Buenas, para poner placas solares, hay que pedir permiso de obra menor en el ayuntamiento, por lo que se considera modificación de la vivienda, y entiendo que eso es la zona

        • Tom Glez dice:

          Ojo. Algo que no reseñais y es importantisimo es que para las deducciones necesitas el certificado de eficiencia previa a la instalación y las post. Si inicias las obras y no lo tienes por mucho certificado que tengas despues no es deducible

          • Cambio Energético Juan Medela dice:

            Hola Tom,
            Efectivamente es necesario un certificado previo a las obras, para luego comparar con el certificado posterior para ver el porcentaje de ahorro energético.
            Por ello lo incluimos en un cuadro destacado en verde al comienzo del post.
            Muchas gracias por tu aportación.
            Un saludo

            • javi dice:

              Hola, si el arquitecto ha emitido el certificado correctamente firmado, a fecha anterior a las obras y el de después, pero no lo ha registrado en la comunidad de madrid, sería válido ? gracias.

              • Cambio Energético Juan Medela dice:

                Hola Javier,
                Con este artículo desde Cambio Energético simplemente queremos informaros de los elementos básicos de la deducción de IRPF por instalar autoconsumo fotovoltaico.
                Para cualquier duda específica, te recomendamos consultes con tu asesor fiscal.
                Un saludo

      2. Asuncion Sogorb Morenilla dice:

        Hola !!!
        Quería saber si también es deducible parte de coste de la instalación de placas solares para uso de agua saniraria ????
        Cuál sería el porcentaje deducible ???
        Un saludo.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Asunción,
          Habría que ver el caso en concreto más detenidamente.
          Si lo deseas puedes contactar con nosotros a través del formulario: https://www.cambioenergetico.com/presupuesto/
          Un saludo

          • Toñi dice:

            La deducción en IRPF es compatible con la subvención del govern?

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Toñi, sí son compatibles.
              Un saludo

            • Natalia dice:

              Buenas! Una pregunta, voy a instalar aerotermia+suelo radiante en una obra que vamos a realizar de nueva construcción (chalet individual) en la que la calificacion energetica resultante sera A. Tengo derecho? Ya que no existe casa previa… me refiero no puede haber certificado anterior por ser obra nueva. Gracias

              • Cambio Energético Juan Medela dice:

                Hola Natalia,
                Las deducciones son para obras de mejora energética, no para nueva construcción.
                Un saludo

          • PEDRO ANTONIO dice:

            Buenas, tengo una pregunta para ustedes.
            En el artículo se habla de que las obras de mejora energética tendrán que estar realizadas antes del 31 de diciembre del 2022, eso quiere decir que las obras realizadas en el 2023 no podrán ser deducidas en el siguiente ejercicio fiscal?. Un saludo
            Perdón una cuestión más, es compatible esta deducción en el Irpf, con la bonificacio.del IRPF?.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Pedro,
              Las deducciones en el IRPF por instalar paneles solares van a depender de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma.
              Por ello te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal.
              Un saludo

          • María Antonieta dice:

            Estimados amigos, mi pregunta es, he colocado placas solares. en septiembre del año 2022. He pedido a un arquitecto que me emita el certificado de eficiencia energética y me ha dicho que vendrá a realizarlo, por el me cobra 300 euros. Pero al decirle que necesitaré uno de antes de haber colocado las placas, dice que me cobrará otros 300, francamente si me van a cobrar eso, no necesitaré esa reducción, porque solo me servirá para pagar al arquitecto que me haga esos certificados. Mi pregunta es necesario un certificado de eficiencia energética, o dos certificados (uno antes de las placas y el otro después de colocar las placas solares). No puede ser que me emitan un solo certificado y que en ese mismo documento te digan lo que has mejorado, la eficiencia con respecto a lo que tenias, porque antes gastabas mucho mas y eso se puede demostrar con las facturas de la luz. Que es eso, lo que quería, reducir mi gasto. Por ello he tenido que prestarme dinero del Banco, para poner las dichosas placas. Estoy desolada. No se que hacer. Gracias por su respuesta.

          • Pilar dice:

            Buenas he instalado placas solares y ahora al hacer IRPF necesito el antes y después de certificado energetico
            Cuando se construyó mi casa hace 30 años no era obligatorio dicho documento ahora al no disponer de el
            Como puedo hacer geacias

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Pilar,
              El Certificado de Eficiencia Energética puede emitirlo un técnico en posesión de la titulación académica y profesional habilitante (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero, ingeniero técnico).
              Un saludo

        • José Miguel dice:

          Hola yo instale placas en octubre del 2021en mi vivienda habitual en la comunidad de Castilla La Mancha y las pague el 20 de octubre, fecha posterior al Real Decreto. La aprobación de la instalación se ha obtenido en Enero de este año. Tengo solicitadas las subvenciones del IBI y las del Gobierno o Comunidad (no lo tengo claro porque lo ha hecho la empresa instaladora). No tenía certificado de eficiencia energética anterior, pero en el Decreto dice que se tiene que demostrar un ahorro superior al 30% en energía no nenovable o bien un cambio en la letra de calificación y esto se puede justificar en el certificado posterior. Mis dudas son: si me puedo desgravar, aunque no tenga el certificado anterior pero se justifique un ahorro superior al 30%, también si la desgravación sería en la declaración de este año o en la que viene, y finalmente si la cantidad maxima de 7500 tendria que considerar la mitad para mi y la otra para mi mujer, al igual que tendria que considerar el coste al 50% para cada uno?

          • Cambio Energético Juan Medela dice:

            Hola José Miguel,
            Para la deducción del IRPF están solicitando tanto el certificado previo como el posterior.
            No obstante, hay especificaciones que dependen de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
            Un saludo

      3. Sonia dice:

        buenas,

        En mi caso hicimos una inversion de 8000€ en placas, mi duda es la siguiente, para deducirlo del IRPF, es necesario que pongamos el 50% cada propietario o solo con que lo declare uno es suficiente.

        El tema es que si ponemos 50% cada uno nos corresponden 1600€, pero a mi no me dan mas de 1000€, por si pudiera mi marido declararlo todo 100%.

      4. Begoña dice:

        Hola! Yo instale placas solares en mi vivienda habitual el 3 de noviembre de 2020. En esta fecha no habia ninguna ayuda que yo sepa ni subvenicion y tampoco sabia que en la declaracion de la renta de 2021 las podia deducir. Podrían decirme si puedo deducirlas en la nueva declaracion de este año, o si alguna ayuda podria corresponderme? POrque m ecostaron mas de 7000 euros y vivo sola con un bebe, es mucho lo que he de pagar sin ayuda ninguna.

        Muchisimas gracias de antemano,

        Un saludo

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Begoña,
          La deducción se practicará en el año en que se haya expedido el certificado, pero teniendo en cuenta las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del RD hasta el 31 de diciembre de ese año. Por lo que si has hecho la instalación antes del 6 de octubre de 2021, no podrías acogerte a la deducción del IRPF.
          Y no hay otra subvención activa con carácter retroactivo para el 2020.
          Lo sentimos.
          Un saludo

          • Ángel dice:

            Buenos días yo intsle placas solares en mi casa en noviembre del 2021. Tengo una certificación energética previa del 2017 cuando aisle la fachada y cambie caldera. No tengo certificaciones posteriores.¿ Esta serviría como previa? O no tendría opción a solicitar la deducción de ningún modo

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Ángel,
              Están requiriendo el certificado energético previo y posterior. El certificado previo es válido siempre que no haya pasado un plazo de dos años entre la fecha de su expedición y la del inicio de estas.
              No obstante, hay especificaciones que dependen de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
              Un saludo

      5. Eduardo dice:

        El instalar placas solares para electricidad no implica ningún cambio en el certificado energetico. El Certificado solo implica refrigeración y calefacción . Dicho por una persona que se encarga de hacer esos certificados. Como es posible que hacienda te pida ese certificado para contrastar la mejora? Entonces qué documentación habría que presentar? Gracias!

      6. Carmen dice:

        Buenos días. en mayo de 2021 hicimos la instalación de paneles solares.
        Podríamos deducir en la renta de 2021 por dicha mejora? No sé si al ser antes de octubre de 2021 se puede o no. El certificado de calificación energética tras la instalación aún no lo he solicitado, si lo hago en este 2022 podría deducirme por la instalación en la renta del 2022?

        Gracias de antemano por su respuesta,

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Carmen,
          En los casos en los que el certificado se expida en el año posterior al que pagaste las obras, la deducción se practicará en el año en que se haya expedido el certificado, pero teniendo en cuenta las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del RD hasta el 31 de diciembre de ese año. Por lo que si has realizado la instalación antes del 6 de octubre de 2021, no tendrías derecho a la deducción.
          Un saludo

      7. Esther dice:

        Buenas,
        muchas gracias primero por vuestra generosas respuestas,
        yo instalé placas solares en mi casa a mitades de junio de 2021, quiero acabarme de cerciorar si puedo deducir algo del IRPF, pero por lo que veo por otras respuestas a compañeras, parece que al ser antes de octubre no podemos, y tampoco a la subvención europea que solo me viene de semanas. Yo también vivo con mi hija. Pero creo que así lo he visto. Sólo quiero confirmación. Muchas gracias y buena semana Santa.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Esther,
          Para acogerte a la deducción de IRPF la instalación debe haberse realizado después de la entrada en vigor de la medida, es decir, a partir del 6 de octubre de 2021.
          En cuanto a las subvenciones europeas depende de cuándo haya sido publicada en tu comunidad. Pero en junio de 2021 todavía no habían sido publicados los programas de incentivos, por lo que no podrás acogerte a estas subvenciones.
          Un saludo y gracias por leernos

      8. mar dice:

        Hola

        Hemos instalado placas solares

        En que casilla de la declaración de la renta se han de poner

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Mar,
          En la declaración de la renta se encuentra entre las casillas 1114 y 1120.
          También tendrás que rellenar el total de deducciones autonómicas (0564).
          Y el apartado específico “Deducción por inversión en instalaciones de energía eléctrica o para aprovechamiento de fuentes de energía renovable”.
          Un saludo

      9. Pablo dice:

        Hola, he instalado placas solares. En la declaración de la renta accedo a estos apartados:

        1-Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
        2-Por las obras realizadas en edificios de uso predominantemente residencial

        Me solicita el NIF de la persona de las obras. ¿Puede ser del ingeniero que firma proyecto o es el CIF de empresa?.

        También el consumo de energía primaria anterior y posterior. Creo que viene en las facturas de la luz, si es así, ¿ se especifica en % o en MWh?

        No tengo el certificado de eficiencia energética y tengo gastos de inversión después del 6 de octubre, por los comentarios entiendo que podría incluir todo en la declaración para el 2022 pero no de 2021 debido a que el certificado lo obtendría en 2022, ¿es así?.

        Muchas gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Pablo,
          Si la instalación la ha hecho una empresa, pondrías el CIF de la empresa instaladora (la que factura).
          El consumo que viene en las facturas se mide en kWh.
          Si el certificado lo obtienes en 2022, la declaración la harías cuando finalice el año fiscal, teniendo en cuenta las cantidades satisfechas desde la entrada en vigor del RD (6 de octubre de 2021) hasta el 31 de diciembre de ese año.
          Un saludo

          • Mila dice:

            Quiero instalar placas en mi vivienda habitual, pero no es de mi propiedad, podría desgravarlo en la declaración de la renta del 2022.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Mila,
              La deducción del IRPF va a depender de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
              Y si necesitas presupuesto para instalar placas solares, puedes escribirnos en el siguiente formulario: https://www.cambioenergetico.com/formulario?id=1
              Estaremos encantados de atenderte.
              Un saludo

        • Cristina dice:

          Buenos días,

          Vamos a instalar placas en una vivienda que alquilamos como uso turístico. En este caso también serían aplicables estas deducciones en el IRPF? Porque está destinada al alquiler pero no durante todo el año a un mismo inquilino.

          Gracias,

          • Cambio Energético Juan Medela dice:

            Hola Cristina,
            La deducción del IRPF va a depender de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
            Un saludo

      10. Jordi dice:

        Buenas, si he realizado una instalación de placas solares en enero 2022 pero no tengo certificado energetico de antes de la obra, como puedo hacer para desgravarlo en la renta de 2023? Solo con el certificado a posteriori de las obras me serviria? Gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Jordi,
          La deducción del IRPF va a depender de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      11. Andrés dice:

        Hola
        Hemos instalado placas solares en el mes de marzo de este año, quería saber para la declaración de la renta del IRPF, próximo año, me exigen el certificado energético, quien me lo tiene que proporcionar la empresa instaladora, la comercializadora o un técnico especialista en el tema fuera de las anteriores.

        un Saludo, gracias
        Andrés

      12. Andrés dice:

        Hola.
        Me instalaron las placas solares el 18 de octubre de 2021. La fecha de la factura es del 20 de octubre de 2021. En mi caso el importe fué de 5508 + 550,80 de iva. No tengo certificado energético anterior al 18 de Octubre, pero me dice un aparejador que puede expedirme un certificado con fecha y categoría energética actual y otro con fecha actual pero en el que ponga la clasificación energética a día 16 de Octubre, o sea, anterior a la instalación de las placas y dentro de fecha de aprobación del real decreto que regula ésto. ¿Es cierto?
        Tampoco me queda claro sí puedo optar a la deducción del 20% ó del 40%…¿Se puede saber antes de realizar el certificado energético o no?
        Muchas gracias por vuestra ayuda

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Andrés,
          La deducción del IRPF va a depender de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      13. David dice:

        Buenas tardes, cuál debe considerse la fecha instalación ? La de instalación de las placas fisicamente? La fecha de factura de la instalación? La fecha de pago? La de inscripcion l Registre d’Instalaciones Tecnicas de Seguretad Industrial?
        la de registro de entrada en el ayuntamineto correspondiente? cuando se dipne de toda la documentación para formalizar el contrato de compensación de excedentes?

        A mi me instalaron placas en el tejado en Julio de 2021 pero hasta Febrero del 22 no he tenido toda la documentación formalizada para activar la compensación de excedentes

        Gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola David
          La deducción del IRPF va a depender de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      14. Encarni dice:

        Hola, puse placas solares en agosto del 2021, pero no se terminó de instalar hasta mediados de octubre, mi pregunta es si entro en el periodo para poder optar a la deducción??

      15. Maria dice:

        Buenas tardes:
        Vamos a instalar placas solares ya, con un coste de 11.000 euros, pero financiado. ¿La deducción sería del total o sólo de las cantidades que hayamos pagado al banco durante este año y el 2023? ¿Interesa más pagarlo al contado?
        Un saludo.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola María
          Las cantidades deducibles son las que abones desde la entrada en vigor del RD hasta el 31 de diciembre de este año.
          Un saludo

      16. ENRIQUE B. dice:

        Buenos días. Instalamos las placas en julio de 2021 por lo que entendemos que estamos fuera de la deducción, pero la duda es si es además obligatorio declarar el importe de la subvención, lo que supone una total contradicción entre un momento del año 2021 donde se penaliza la instalación y otro momento el que surge a partir de la entrada en vigor del RD y que conlleva una importante deducción, no estamos ante una doble desigualdad?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Enrique,
          Para Hacienda las subvenciones suelen considerarse como ganancia patrimonial y, como tal, tributan en el IRPF y, por tanto, deberás incluirlas en la declaración de la renda.
          Un saludo

          • José dice:

            Buenos días, quería saber si en la comunidad de Madrid está disponible la deducción en el IRPF por la instalacción de placas solares.
            Un saludo.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola José,
              Sí, es posible. Pero hay especificaciones que dependen de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
              Un saludo

      17. Miguel Angel dice:

        Muy buenas!

        Mi duda es en referencia a poder optar al 60% de deducción, en conocer lo que es considerado edificio. Mi caso es una casa adosada, ¿entraría dentro de la catalogación de edificio?

        Muchas gracias ^^

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Miguel Ángel,
          En el RD, para la deducción del 60% se habla de “contribuyentes propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial”; por lo que se puede entender que una vivienda unifamiliar entraría en esta calificación de inmueble.
          No obstante, hay especificaciones que dependen de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

          • Jorge dice:

            He de disentir, las viviendas unifamiliares sí que son edificios residenciales, hace referencia a que la actuación es sobre el total del edificio. Hay alguna aclaración por ahí que lo aclara.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Jorge,
              Cierto, una vivienda unifamiliar entraría dentro de lo que se considera como inmueble residencial.
              Gracias por comentar.
              Un saludo

      18. Juanjo dice:

        Buenas

        Soy aparejador y últimamente me piden certificados energéticos para la deducción en el IRPF.
        El problema es que muchas veces, solo se instalan placas solares, pero no cambian la caldera de gas o gasóleo…
        Lo escribo por si estoy en lo correcto o no.
        El certificado de eficiencia energética solo revela el consumo eléctrico derivado de la producción de agua caliente sanitaria i calefacción/refrigeración. por lo que tu nevera, horno y televisor ya no chupen de la red no quiere decir que tengas acceso a la deducción. El paso a placas fotovoltaicas debe ir acompañado a un sistema de climatización o de producción de agua caliente sanitaria de consumo eléctrico, en caso contrario, no sirve de nada.

        Es así?

        Gracias.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Juanjo,
          En la deducción del 20%, la referencia es la “reducción de la demanda de calefacción y refrigeración”. Las del 40% y el 60% se refieren a la “reducción en el consumo de energía primaria no renovable”.
          No obstante, como puede haber especificaciones según la comunidad autónoma, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal o con el servicio jurídico de tu colegio profesional.
          Un saludo

      19. Pere dice:

        Realicé en la casa unifamiliar donde vivo una instalación fotovoltaica en marzo de 2021. Por lo que os leo, para la deducción del IRPF en la Renta 2022, debería tener dos certificados energéticos: uno anterior y otro posterior a la realización de la instalación.
        Mis dudas son: el certificado anterior a la instalación debe tener también fecha anterior o bien es suficiente tener uno con la instalación de las placas y otro con ellas sin importar la fecha del primero?
        Al ser de marzo de 2021 ¿tengo derecho a la deducción? Si así fuese y el ahorro energético es superior al 30% ¿la deducción sería del 40 o del 60%?
        Un saludo y gracias por leerme.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Pere,
          Para acceder a esta deducción, las obras deben haberse realizado a partir de la entrada en vigor del RDL 19/2021; es decir, a partir del 6 de octubre. Por lo que si la instalación la realizaste en marzo, no podrías acceder a esta deducción del IRPF.
          No obstante, puede haber comunidades autónomas que ofrezcan deducciones específicas del IRPF, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      20. Marta dice:

        Hola! y si realicé las obras en el año 2021, me puedo aplicar la deducción en IRPF? gracias!

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Marta,
          El plazo que establecen para acceder a estas deducciones es si has pagado tu instalación entre el 5 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.
          Un saludo

      21. Gonzalo Santander dice:

        Buenas tardes una pregunta, en instalaciones autoconsumo compartidos de bloques de viviendas, ¿Se puede desgravar de forma individual los propietarios de las vivendas que cumplan las condiciones?.
        Es decir, con certificado energetico inicial mes de septiembre de 2022.
        Ejecución de obras de colocacion de paneles solares entre Octubre y Noviembre 2022 (cuatro paneles de 400 wp por vivenda, todas iguales con un total de 80 y consumos medios anuales individuales entre 5000 y 3000 Kwh año)
        Certificado de eficiencia energetica final Diciembre de 2022.
        Porque se va a realizar una inversión importante para los consumos generales de la urbanización y por otra parte los portales (ascensores, alumbrado, emergencias y telefonillo). ¿Esta inversión no es desgravable

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Gonzalo,
          La deducción del IRPF va a depender de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma, por lo que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      22. Joaquin dice:

        Buenos dias,

        En muchas respuestas a consultas habláis de consulta en tu Comunidad Autónoma.
        Yo creía que al ser publicada en el BOE eran de ámbito Estatal.
        ¿Las deducciones del IRPF no son de ámbito estatal?
        En caso de que no sean de ámbito estatal.
        ¿En que comunidades se aplica?

        Muchas gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Buenos días, Joaquín
          El IRPF se divide entre un tramo estatal y otro autonómico. Es en este último donde cada Comunidad Autonómica tiene cierto margen para adaptar los impuestos a las circunstancias de su región.
          Un saludo

      23. Tomás Esteban dice:

        Hola!

        Yo he instalado placas fotovoltaicas en mayo del 2022. Tengo el certificado de eficiencia anterior y, por circunstancias, el CEE posterior lo haré en enero del 2023 y espero una mejora de más del 30% en energía primaria.
        Por consiguiente, deberé hacerme la deducción del 40% en mi declaración presentada en 2024 (correspondiente al año 2023). Estoy en lo cierto??
        Muchas gracias.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Tomás,
          Las deducciones del IRPF dependen de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma, ya que no todas ofrecen las mismas posibilidades.
          Te recomendamos contactes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      24. Alberto dice:

        Me interesaría , si es posible , me aclaraseis dudas fiscales (de renta) por el motivo de haber instalado placas con una potencia de 5.2 Kw. En teoría , ojalá, me podrían subvencionar con el importe de 3240€ (Next Generation) resultado de multiplicar 5.2 KW por 600€. Igualmente podría deducir el importe del coste de la instalación (menos la subvención anteriormente comentada, es decir 3240€) en la declaración de renta y aparte podría tener una bonificación en el IBI.
        A partir de este supuesto, hago varias preguntas;
        1-Los 3240€ los tendría que hacer constar en «OTRAS GCIAS. Y PDAS.PATRIMONIALES » casilla 304 ?
        2- La deducción por el importe de la instalación , menos la subvención, debería indicarla en la casilla 1668 que indica «POR LAS OBRAS REALIZADAS PARA LA MEJORA EN EL CONSUMO…» ?
        3-En este último apartado señala que indiquemos el consumo de energía primaria anterior y posterior a la instalación.
        Significa que hemos de indicar los Kw. de la red ? y si es así , si he colocado los paneles en octubre he de contar de enero a setiembre y de octubre a diciembre ????

        Muchas gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Alberto,
          Las deducciones en el IRPF por instalar placas solares dependen de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma.
          Por lo que te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      25. Juan Torres dice:

        Hola, dentro de las ayudas al autoconsumo existe la deducción del IRPF y se puede optar al 40% o al 60% si se han instalado placas fotovoltaicas y se redujo el consumo de energía primaria en un 30% o más. La pregunta es ¿ qué diferencia existe en los requisitos para poder acceder a una u otra deducción? Gracias de antemano por vuestra ayuda.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Juan,
          Las deducciones en el IRPF por instalar autoconsumo dependen de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma. Si bien hay un Real Decreto estatal que aporta el marco normativo necesario, son las CCAA las encargadas de especificar estas deducciones. Por lo que los requisitos dependerán de cada territorio. En este sentido, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal.
          También existe la bonificación en el IBI, pero depende de cada municipio. Si quieres ver si tu municipio las ofrece, puedes consultar el siguiente artículo:
          https://www.cambioenergetico.com/blog/solicitar-bonificacion-ibi-placas-solares/
          Un saludo

      26. JOSE MANUEL FERRARI TORRES dice:

        Buenas tardes son compatibles las bonificaciones Next Generatión + IRPF + PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. Orden de 9 de junio de 2022. BOJA nº 113, de 15 de junio de 2022 de la JUNTA DE ANDALUCIA?

        Pongo enlace

        https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24793.html#toc-informaci-n-general

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola José Manuel,
          La orden de 9 de junio establece que las subvenciones de esta línea serán compatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las actuaciones y siempre que la regulación de las otras ayudas ya sean de ámbito nacional o europeo lo admitan. Todo ello, siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste, evitando la doble financiación entre programas del MRR, así como con otros instrumentos de la Unión. En estos casos, para evitar la doble financiación, habrá de acreditarse que las distintas subvenciones concedidas no cubren las mismas partidas de coste y que su suma no supera el coste total de las actuaciones subvencionadas.
          Estas subvenciones serán compatibles con la línea 4 de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas, siempre y cuando quede acreditado que no se subvenciona el mismo coste.
          Un saludo

      27. Vicente dice:

        Buenos días. Tengo una duda que no acabo de resolver sobre si podría optar a deducciones o no. Hace poco hice instalación de fotovoltaica en casa pero para el agua caliente y los fogones de la cocina tengo butano, no eléctrico por lo que en estos puntos no hay mejora. ¿Podría a pesar de todo optar a las deducciones o el hecho de funcionar con butano ya implica que la mejora probablemente sea menor al 30% requerido?. Un saludo.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Vicente,
          Las deducciones en el IRPF por instalar autoconsumo dependen de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma. Si bien hay un Real Decreto estatal que aporta el marco normativo necesario, son las CCAA las encargadas de especificar estas deducciones. Por lo que los requisitos dependerán de cada territorio. En este sentido, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      28. Jose Alberto Rubiales dice:

        Hola, para la deduccion del 40 % en el IRPf, tengo que tener un certificado de eficiencia energetica anterior a la instalacion de las placas, mi pregunta es si me sirve el certificado que tengo de cuando compre la casa (por el vendedor), o tengo que solicitarlo yo, el certificado es de hace menos de un año.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Jose Alberto,
          Las deducciones en el IRPF por instalar autoconsumo dependen de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma. Si bien hay un Real Decreto estatal que aporta el marco normativo necesario, son las CCAA las encargadas de especificar estas deducciones. Por lo que los requisitos dependerán de cada territorio. En este sentido, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

          • José Alberto dice:

            A ver pregunto si el certificado de eficiencia energética que tengo de cuando compre la casa que fue hace menos de un año, me sirve junto con el certificado posterior a la instalación de las placas y que demuestre que ha bajado un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o yo como propietario de la casa tengo que solicitar un nuevo certificado anterior a la instalacion de las placas? (la instalación está por hacer)

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola José Alberto,
              El RD habla de acreditar “mediante certificado de eficiencia energética expedido por el técnico competente después de la realización de aquéllas, respecto del expedido antes del inicio de las mismas”.
              Como decimos en el artículo, serán válidos los certificados expedidos antes del inicio de las obras siempre que no hubiera transcurrido un plazo de dos años entre la fecha de su expedición y la del inicio de estas.
              Pero en el RD no hacen mención al propietario de la vivienda cuando se realiza el certificado previo.
              Es por ello que te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal, por si hay alguna especificación a nivel autonómico.
              Un saludo

      29. María Luisa dice:

        María Luisa el 08 de noviembre de 2022
        Varias cuestiones sobre la reducción en IRPF por instalación fotovoltaica:
        1) Sobre los plazos: Mi instalación fotovoltaica, en Andalucía, se realizó y fue abonada el 9/08/21, pero el certificado de la instalación emitido por la empresa instaladora tiene fecha de 21/04/2022 y la instalación fue legalizada el 23/04/2022. Puedo utilizar estas dos últimas fechas para cumplir con los plazos del Decreto-ley 19/2021 (6/10/21—- 31/12/22) y solicitar la deducción en mi declaración IRPF de 2022?
        2) Justificante: Con la instalación FV he reducido en más de un 30% el consumo de electricidad proveniente de la red. No tengo certificado energético previo a la instalación de los paneles.
        ¿Valdría, en su lugar, por ejemplo, la comparación de 12 facturas eléctricas anteriores a la instalación y otras 12 facturas posteriores a la misma? Porque, por otra parte, creo que la instalación de los paneles, por sí sola, no habrá mejorado la calificación de la eficiencia energética de mi vivienda puesto que el sistema de calefacción (pelet), el aislamiento de muros y ventanas etc. siguen siendo los mismos. Y, en consecuencia los certificados energéticos (anterior y posterior a la instalación FV) no iban a variar significativamente. Y de ser esto así, ¿quién tendría que certificar la comparativa de las facturas eléctricas, un técnico de la empresa instaladora de los paneles?
        3) Energía primaria no-renovable. No entiendo cómo la reducción del consumo eléctrico proveniente de la red a causa de los paneles FV puede ser considerado como reducción del consumo de “energía primaria no-renovable”. Porque, según creo, la electricidad proveniente de las centrales eléctricas es considerada como energía secundaria, tanto si ha sido producida a partir de energía primaria o secundaria. Y, para más confusión, en todas y cada una de mis facturas de la luz, la Comercializadora me viene repitiendo que “la energía consumida es 100% renovable, certificada con Garantías de origen por la CNMC”, es decir, que la energía reducida a causa de los paneles FV resulta que no sería ni “primaria” ni “no-renovable”. Y, entonces, si la instalación de los paneles FV no entra en este apartado del Decreto, ¿en qué otro apartado podemos encajarla para poder solicitar la reducción del IRPF? Y, en consecuencia, ¿cuál sería, en mi caso, el indicador de consumo de energía primaria no-renovable?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola María Luisa,
          Las deducciones en el IRPF por instalar autoconsumo dependen de las especificaciones de cada Comunidad Autónoma. Si bien hay un Real Decreto estatal que aporta el marco normativo necesario, son las CCAA las encargadas de especificar estas deducciones. Por lo que los requisitos dependerán de cada territorio. En este sentido, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      30. Eduard Amill dice:

        Buenos días. Hace referencia a la compatibilidad de las subvenciones. Durante 2022 he desinstalado totalmente el gas de mi casa. En su lugar he instalado una AEROTERMIA hibridada con media docena de placas solares fotovoltaicas. Por los Fondos NextGeneration parece ser que tengo derecho a una subvención de 3.000 € por la Aerotermia y 1500 € de las placas. Mi pregunta es: ¿También tengo derecho a deducciones en la Declaración de Renta? Según el apartado de esta Web «Compatibilidad con otras medidas» (más arriba) explica: «La bonificación en el IRPF es compatible con otras subvenciones a las que puedas acogerte. No obstante, debes tener en cuenta que deberás descontarlas del total de la inversión susceptible de bonificación en el IRPF». Qué quiere decir que deberé descontarlas? Si descuento la desgravación del 40% sobre la base máxima de 7500€, que son 3000€, entiendo que los segundos 3000 se comen a los primeros 3000, y me quedo sólo con 3000€?

        Un saludo!

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Eduard,
          Las especificaciones de la deducción en el IRPF por instalar paneles solares dependen de cada Comunidad Autónoma.
          Por ello, te recomendamos que consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      31. Jesús dice:

        Buenas tardes. Necesito conocer la casilla donde incluir la desgravación del 40% por instalación de placas solares. No doy con ella. Muchas gracias.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Jesús,
          La casilla sería la de “Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas” en el apartado de Deducciones generales.
          Un saludo

          • Pilar dice:

            Buenas he instalado placas solares y ahora al hacer IRPF necesito el antes y después de certificado energetico
            Cuando se construyó mi casa hace 30 años no era obligatorio dicho documento ahora al no disponer de el
            Como puedo hacer geacias

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Pilar,
              Puedes contratar el servicio de un técnico en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para emitir los certificado de eficiencia energética, como un arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico.
              Un saludo

      32. José Javier dice:

        He instalado placas solares y mi pregunta es ¿me las tengo que desgravar en el apartado «Por las obras realizadas para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable» (casilla 1655 y siguientes), el la casilla 1114 (deduccion autonómica Comunidad Valenciana) «Por inversión en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o para aprovechamiento de fuentes de energía renovable en la vivienda» o en los dos sitios?. Gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola José Javier,
          Con este artículo desde Cambio Energético simplemente queremos informaros de los elementos básicos de la deducción de IRPF por instalar autoconsumo fotovoltaico.
          Para cualquier duda específica, te recomendamos consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      33. jesus dice:

        buenos dias si pongo placas y estoy de alquiler podría declararlo o al no ser propietario no tendría derecho

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Jesús,
          Con este artículo desde Cambio Energético simplemente queremos informaros de los elementos básicos de la deducción de IRPF por instalar autoconsumo fotovoltaico.
          Para cualquier duda específica, te recomendamos consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      34. José dice:

        Buenas tardes,

        No me queda muy claro si la deducción del 60% hasta un límite de 15000€ se puede aplicar en el caso de instalaciones fotovoltaicas, baterías, etc, o si además debe haber obras de rehabilitación. O si solo es para estas últimas.

        Muchas gracias!

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola José,
          Con este artículo desde Cambio Energético simplemente queremos informaros de los elementos básicos de la deducción de IRPF por instalar autoconsumo fotovoltaico.
          Para cualquier duda específica, te recomendamos consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      35. Sofía dice:

        Buenos días,

        En mi casa hemos instalado placas solares, se trata de la vivienda habitual y es una casa unifamiliar (es decir, no es un bloque de pisos), me correspondería la deducción del 40% o del 60%.
        Dispongo de los certificados energéticos anteriores y posteriores.

        Un saludo.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Sofía,
          Con este artículo desde Cambio Energético simplemente queremos informaros de los elementos básicos de la deducción de IRPF por instalar autoconsumo fotovoltaico.
          Para cualquier duda específica, te recomendamos consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      36. M. Teresa dice:

        Como inquilinos de una casa hemos sufragado los gastos de instalación de placas solares y aerotérmia consiguiendo una disminución del consumo de energia del 30%.
        ¿Tenemos derecho a la deducción del 40% en el impuesto del IRPF? En caso afirmativo, ¿cómo deberíamos indicarlo?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola M. Teresa,
          Con este artículo desde Cambio Energético simplemente queremos informaros de los elementos básicos de la deducción de IRPF por instalar autoconsumo fotovoltaico.
          Para cualquier duda específica, te recomendamos consultes con tu asesor fiscal.
          Un saludo

      37. Adrián dice:

        Buenos días,

        En caso de vivienda habitual de nueva construcción en la que se instalan fotovoltaicas durante la misma obra (donde no existe CEE previo, pero la calificación energética final es A). ¿Sería posible el acceso a la deducción en IRPF?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Adrián,
          Las deducciones son para la mejora energética, por lo que no se aplican a nuevas construcciones.
          Un saludo

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