Instalación de autoconsumo

Los motivos reales por los que las distribuidoras imponen ahora un seccionador para autoconsumo

Las Distribuidoras aluden a la normativa para ocultar los verdaderos motivos para exigir a sus clientes con autoconsumo la instalación de un seccionador

Algunas distribuidoras (como Iberdrola y Unión Fenosa) han empezado a comunicar a sus clientes con autoconsumo fotovoltaico que para dar de alta la instalación y poder verter los excedentes han de realizar por su cuenta determinadas medidas por la seguridad de sus operarios.

Si bien estas distribuidoras aluden a que la normativa obliga a esta medida, las asociaciones del sector han puesto el grito en el cielo, rechazado que esa medida sea de obligado cumplimiento por ley.

Tras estudiarlo detenidamente, en Cambio Energético consideramos que puede haber otros intereses detrás de estas medidas, fundamentalmente: la amenaza que el autoconsumo supone para las grandes energéticas.

Si hemos batallado con el impuesto al sol, no vamos a dejar de denunciar las prácticas que las grandes energéticas están realizando para intentar frenar lo que no se puede frenar: el auge de la autoproducción con energías renovables.

En este artículo vamos a tratar de desgranar los verdaderos motivos que están bajo la imposición por parte de las distribuidoras, de instalar un seccionador de corriente para dar de alta el autoconsumo en su compañía y poder verter los excedentes fotovoltaicos.

¿Qué medidas están pidiendo las distribuidoras para autoconsumo?

Imagen de notificación de Iberdrola especificando que la falta de seccionador

Si has instalado placas solares en tu casa o empresa recientemente, puede que tu distribuidora te haya hecho llegar una notificación donde básicamente te digan que si quieres dar de alta la instalación de autoconsumo fotovoltaico debes instalar “un elemento de corte en la derivación de generación junto al contador”.

Es decir, junto al equipo de medida de generación o de frontera (dependiendo del tipo de configuración), pero siempre dentro de la misma CPM, debes instalar y legalizar un seccionador o llave de corte que permita al operario interrumpir manualmente el flujo de energía entre la vivienda y el contador exterior, asegurando que no habrá corriente cuando trabaje en el mismo.

Se trata de un requisito que la distribuidora exigirá a todas las instalaciones de autoconsumo, independientemente de que necesiten la apertura de un expediente o que no sea necesario en base a la reglamentación actual.

Además del seccionador, alguna distribuidora también está pidiendo una actualización a normativa del contador. Si bien, no se pueden conocer exactamente las especificaciones que exige la distribuidora hasta que la distribuidora emita la correspondiente carta de condiciones

¿Es obligatorio que las distribuidoras exijan instalar un seccionador para autoconsumo?

Vayamos por partes. Es fundamental tener en cuenta la seguridad de las personas que trabajan con electricidad. De ahí que la normativa española obligue a que los sistemas de autoconsumo cuenten con:

“un elemento de corte general que proporcione un aislamiento para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico (…) Eventualmente, las funciones del elemento de corte general pueden ser cubiertas por otro dispositivo de la instalación generadora, que proporcione el aislamiento indicado entre el generador y la red.”

Artículo 14. Protecciones, de este RD (1699/2011)

Es decir, es una obligación que la instalación de autoconsumo disponga de una función integrada que apague el sistema cuando se cae o se corta la red pública. Correcto. Pero esta función puede ser ejercida por otro dispositivo del propio sistema de autoconsumo. De hecho, todos los inversores que se comercializan en España deben contar con este sistema de desconexión.

¿Quiere decir esto que no podré disponer de energía si se va la red? No, si cuentas con un inversor híbrido que tenga una salida de emergencia. Esta salida de emergencia o backup permite al sistema desacoplarse de la red exterior y seguir funcionando con la energía almacenada en una batería de litio y, en algunos casos como el inversor Fronius GEN24, con la energía de tus placas solares. Eso sí, hablamos de energía de emergencia para cargas críticas, como la iluminación o el refrigerador.

Es decir, incluso disponiendo de energía de emergencia en tu casa, no habrá vertido a la red al generarse una red independiente de la externa.

Industria dice que el seccionador no es obligatorio por norma

Imagen de un seccionador de corriente con candado para los operarios

A su vez, como decíamos, las asociaciones del sector no han tardado en movilizarse y consultar al Ministerio de Industria si el seccionador exigido por algunas distribuidoras es de obligado cumplimiento por normativa. Y la respuesta fue contundente: esta especificación no se encuentran entre las aprobadas por Industria en 2019 y, por tanto, no son obligatorias por norma como aluden las distribuidoras para justificar esta medida.

¿Por qué las distribuidoras piden un seccionador para autoconsumo?

Y si no es obligatorio instalar un seccionador, significa que las distribuidoras que obligan a esta medida lo hacen por voluntad propia. Pero, si se trata de una medida arbitraria ¿por qué lo hacen? La respuesta fácil sería, “ellos sabrán”. Pero vamos a mojarnos un poco.

Desde Cambio Energético consideramos que obligar a las personas y empresas que deciden libremente pasarse al autoconsumo fotovoltaico, buscando ahorrar no solo en términos económicos y de electricidad, sino también en emisiones de efecto invernadero con energías limpias y renovables, no es más que un intento por parte de estas empresas distribuidoras de frenar una de las principales amenazas a sus grandes beneficios: el auge imparable del autoconsumo fotovoltaico en nuestro país.

Es por ello que buscan aminorar la marcha de una transición energética descentralizada, poniendo obstáculos en un camino que continúa creciendo y que pone en peligro el oligopolio que domina el mercado energético. Pero, por mucho que lo intenten, no podrán impedir que el autoconsumo continúe creciendo y expandiéndose por el territorio.

Como siempre hemos sostenido, apostar por autoproducir tu propia energía renovable no es solo una forma de realizar tu propia transición energética, sino también una manera de contribuir a un sistema energético más equilibrado, descentralizado e independiente de las grandes eléctricas.

Si quieres dar el paso a las energías renovables y, concretamente, al autoconsumo fotovoltaico, contacta con nosotros. Desde Cambio Energético seguiremos luchando para hacer llegar el autoconsumo fotovoltaico al mayor número de hogares y empresas. Es a lo que llamamos nuestra revolución energética. Si quieres formar parte de ella, te acompañamos en todo el proceso: desde el estudio previo, el diseño y la instalación, hasta la legalización y la tramitación de la subvención, si la hubiera. Pídenos un presupuesto sin ningún tipo de compromiso. Estaremos encantados de atenderte.

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    Comentarios

    1. Iván Ramos dice:

      Hola,

      Muy interesante el artículo. Quería saber si ese elemento de protección sigue sin ser obligatorio a día de hoy?

      Un saludo,
      Iván.

      • Cambio Energético Juan Medela dice:

        Hola Iván,
        Todos los inversores de red que se comercializan en España incluyen una función de apagado automático cuando se cae la red, como elemento de protección del personal que trabaje en la red. Si tienes un inversor híbrido con función back-up, tendrás un dispositivo de desconexión de la red pública cuando esta se cae, para suministrarte energía de respaldo.
        Pero los seccionadores al lado del contador que exigen algunas distribuidoras no es una medida obligatoria por ley, sino que es un elemento que pueden aplicar opcionalmente. De hecho, dado el revuelo que ha tenido, algunas distribuidoras están dando marcha atrás en esto.
        Un saludo

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