
Subvención de hasta un 50% para energías renovables en las islas baleares
El pasado 28 de diciembre se han convocado por la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos ayudas destinadas al fomento de las instalaciones de energía solar fotovoltaica promovidas por personas físicas, comunidades de propietarios, pequeñas y medianas empresas, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones empresariales
BALEARES DESTINA 3 MILLONES DE EUROS EN AYUDAS PARA EL FOMENTO DE INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA Y MICROEÓLICA DIRIGIDAS A PARTICULARES Y EMPRESAS DE HASTA EL 50%
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- 1 Tipos de instalaciones subvencionadas.
- 2 Beneficiarios y requisitos para la obtención de las ayudas:
- 3 Actuaciones y gastos subvencionables:
- 4 Plazo de presentación de solicitudes.
- 5 Cuantías de las ayudas.
- 6 Método de adjudicación de las ayudas.
- 7 Gastos subvencionados.
- 8 Plazo de inicio de ejecución y justificación de la inversión.
- 9 Documentación técnica necesaria para la solicitud.
- 10 Compatibilidad con otras ayudas para el mismo proyecto.
- 11 Órgano gestor.
Tipos de instalaciones subvencionadas.
Se subvencionarán las nuevas instalaciones de energía solar fotovoltaica promovidas por particulares de hasta 3 kWp y de hasta 50 kWp las promovidas por pequeñas y medianas empresas, entidades sin ánimo de lucro, asociaciones empresariales y comunidades de propietarios.
Asimismo, también serán subvencionables las nuevas instalaciones eólicas de hasta 3 kWp para personas físicas y de hasta 10 kWp para pequeñas y medianas empresas.
También serán subvencionables los sistemas de acumulación de iones de litios (baterías de litio) que se incorporen a dichas instalaciones.
Beneficiarios y requisitos para la obtención de las ayudas:
Personas físicas y las comunidades de propietarios que tengan domicilio y que llevan a cabo las instalaciones en las Islas Baleares.
<span class=»negrita»>Pequeñas y medianas empresas, incluidas los autónomos y comunidades de bienes</span> que lleven a cabo las instalaciones en los edificios relacionados con su actividad empresarial dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma Balear.
Actuaciones y gastos subvencionables:
- Particulares: Nuevas instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo y aisladas de hasta 3 kWp y microeólicas de hasta 5 kWp, y sistemas de acumulación de iones de litios (baterías de lítio). También se incluyen las nuevas ampliaciones de las instalaciones existentes.
- Pequeñas y medianas empresas: Nuevas instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo de hasta 50 kWp, aisladas hasta 10 kWp, nuevas instalaciones eólicas de hasta 10 kWp, y sistemas de acumulación de iones de litios (baterías de lítio). También se incluyen las nuevas ampliaciones de las instalaciones existentes.
Plazo de presentación de solicitudes.
Se podrán solicitar estas subvenciones desde el 8 de enero hasta el 30 de marzo de 2020, sólo telemáticamente y la Resolución de concesión deberá ser notificada antes de los 6 meses a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.
Cuantías de las ayudas.
Las ayudas serán hasta el 30% de la inversión para pequeñas y medianas empresas y del 50 % para particulares. Las ayudas para las baterías de lítio serán hasta del 50% para todos los beneficiarios.
Método de adjudicación de las ayudas.
Las solicitudes de las ayudas se resolverán por orden de llegada hasta agotar presupuesto, por lo que es importante realizar la solicitud cuanto antes.
Gastos subvencionados.
El IVA será subvencionable siempre que el beneficiario no lo pueda recuperar o compensar.
Plazo de inicio de ejecución y justificación de la inversión.
Las inversiones objeto de la solicitud se realizarán en el periodo que va desde el día de la presentación de la solicitud hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento, la cual también indicará el plazo máximo de justificación que en ningún caso podrá ser superior al 30/09/2020.
Documentación técnica necesaria para la solicitud.
No se exige para presentar la solicitud de subvención ninguna memoria descriptiva, aunque para justificar las obras subvencionadas se solicita una memoria justificativa y económica de las actividades realizadas.
Compatibilidad con otras ayudas para el mismo proyecto.
Estas ayudas son compatibles con cualquier otra para la misma actuación siempre y cuando no se supere el coste de la actividad subvencionada.
Órgano gestor.
Dirección General de Energía y Cambio Climático
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