Placas solares Alicante

Deducciones en el irpf por instalar placas solares en la comunidad valenciana

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    ¿A cuánto ascienden las deducciones en el IRPF por instalar placas solares en la Comunidad Valenciana?, ¿Cómo se solicita la deducción?, ¿qué documentación se necesita?

    El momento para pasarse a la energía solar ha llegado. Ya contamos con un contexto normativo cada vez más favorable para el autoconsumo fotovoltaico. También vemos como cada vez más comunidades autónomas apuestan por impulsar la energía solar a través de ayudas y subvenciones para instalar placas solares. Y a esto, hay que sumarle los municipios que están facilitando la transición energética mediante bonificaciones en el IBI y el ICIO.

    Sin embargo, hay comunidades autónomas que van un paso más allá en el fomento de la transición energética. Hablamos de la Comunitat Valenciana que desde enero de este año permite que sus contribuyentes puedan deducirse un 40% del importe que inviertas en instalar placas solares en tu vivienda habitual o en instalaciones colectivas del edificio donde este figure.

    ¿Qué instalaciones fotovoltaicas se pueden deducir en el IRPF?

    Todas aquellas instalaciones de autoconsumo realizadas en tu vivienda habitual o instalaciones colectivas del edificio donde residas.

    Las instalaciones fotovoltaicas no podrán estar vinculadas con el ejercicio de una actividad económica. Ni tampoco podrán acceder aquellas instalaciones que sean de carácter obligatorio.

    Concretamente, los fines a los que se deben destinar las instalaciones para que puedan acceder a las deducciones, son:

    1. Instalaciones de autoconsumo eléctrico (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
    2. Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
    3. Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica. Esto, siempre que la conexión a la red sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

    ¿Quién puede solicitar la deducción?

    Cualquier contribuyente que instale autoconsumo o aprovechamiento de energías renovables en su vivienda habitual de la Comunitat Valenciana, y que cumpla con los requisitos establecidos.

    ¿Qué requisitos debo cumplir?

    Para acceder a estas deducciones, debes cumplir los siguientes requisitos:

    • Que sea una vivienda habitual, tal como indica la normativa estatal reguladora del IRPF, de la que sean propietarios los propios contribuyentes que solicitan la deducción.
    • Para instalaciones compartidas con cobertura legal, en conjuntos de viviendas en régimen de propiedad horizontal, la deducción podrá aplicarse a cada propietario individualmente, según el coeficiente de participación que le corresponda y cumpliendo los requisitos.
    • Para que puedas deducir, necesitas el reconocimiento previo de la Administración autonómica competente. En este caso, se trata del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), encargado de expedir la certificación acreditativa correspondiente.
    • Finalmente, las instalaciones deben ser realizadas por empresas instaladoras que cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.

    ¿Cuánto me puedo deducir?

    Podrás deducirte un 40% de lo que inviertas en las instalaciones de vivienda habitual mencionadas.

    También podrás deducirte un 20% si instalas paneles solares en tu segunda vivienda, siempre que no esté vinculada con alguna actividad económica.

    No obstante, esta deducción tiene una base máxima anual de 8.000 euros. Y en caso de que cuentes con alguna subvención pública para tu instalación fotovoltaica, la cantidad subvencionada no dará derecho a deducción.

    Importante, este límite se aplica por vivienda y ejercicio para el conjunto de contribuyentes que habitan una misma vivienda.

    Y en el caso de que pidas financiación a un banco, se considerará como parte de la deducción la amortización de capital de cada ejercicio. Lo que no podrás incluir son los intereses que te cobra el banco.

    ¿Cuándo puedo solicitar la deducción?

    Cuando tengas hecha la inversión, en cualquier momento del año podrás solicitar la certificación acreditativa.

    ¿Dónde se solicita?

    El formulario de solicitud normalizado puedes descargártelo de la web del IVACE.

    Puede solicitarlo de manera presencial en la sede del IVACE o en las formas previstas en el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    También puedes presentar la solicitud en el registro electrónico del IVACE.

    ¿Qué documentación debo aportar?

    Además de la solicitud, debes aportar documentación común a todos los solicitantes, así como otra específica según la tipología de la instalación.

    Para toda persona solicitante

    • Facturas de la instalación, referidas a la persona solicitante.
    • Justificantes de pago (por tarjeta, transferencia, cheque o ingreso), referidos a la persona solicitante.
    • Fotografías de la instalación y de cada elemento que la compone.
    • Ficha catastral del inmueble, bien a través de la Sede Electrónica del Catastro o aportando la referencia catastral.
    • Cédula de habitabilidad, certificado municipal o equivalente para viviendas construidas sobre suelo no urbano (tanto urbanizable como no urbanizable).
    • Para instalaciones colectivas, declaración del administrador o del presidente con la lista de los propietarios que han participado en la inversión y su porcentaje de participación.
    • Para edificaciones posteriores al 2006, copia de la solicitud de licencia de obras de la edificación o cualquier otro documento que acredite la fecha de construcción de la edificación o que la misma se encuentra fuera del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE).
    • Cuando en una instalación obligatoria se supere al requerimiento realizado, documento explicativo suscrito por técnico competente o empresa instaladora donde se compare la instalación realizada con respecto a la mínima requerida para el cumplimiento del CTE, tanto en términos técnicos como económicos, y se justifique la sobreinversión soportada.

    Para cada tipología de instalación

    Para instalaciones de autoconsumo eléctrico.

    • Certificado de la instalación individual, emitido por la administración autonómica.
    • Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales.

    Instalaciones de producción de energía térmica.

    • Para todas las fuentes energéticas: Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales
    • Para las instalaciones de energía solar térmica: copia de la resolución de certificación del captador o sistema solar prefabricado empleado, en estado vigente; o indicar en el formulario de solicitud, la contraseña de certificación del equipo, para su posterior comprobación por parte del IVACE.

    Instalaciones de producción de energía eléctrica aisladas de la red.

    • Certificado de la instalación individual emitido por la administración autonómica.
    • Acreditación de la inviabilidad de conexión a la red eléctrica, a partir la notificación de la compañía eléctrica distribuidora donde se establezcan las condiciones para la conexión del suministro.
    • Ficha técnica u hoja de características del fabricante de los equipos principales.
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