
Acuerdos necesarios para instalar placas solares en una comunidad de vecinos de un bloque de viviendas
Para instalar placas solares en una comunidad de vecinos de un bloque de viviendas debes llegar a una serie de acuerdos con la vecindad.
Son muchas las ventajas de instalar placas solares en tu comunidad de vecinos: desde tener que realizar una menor inversión inicial, hasta poder acceder al autoconsumo fotovoltaico cuando no dispones de espacio suficiente. Si estás pensando en dar el paso al autoconsumo en tu bloque de viviendas, puede que te preguntes ¿tengo que pedir permiso a la comunidad? La respuesta es que sí, en términos generales, para instalar placas solares en un bloque de viviendas es necesario llegar a una serie de acuerdos con la comunidad de propietarios.
Como ya te hemos contado en otras ocasiones, existen diferentes tipos de autoconsumo en una comunidad de vecinos, dependiendo de quién haga uso de la instalación, quién ostenta la propiedad y titularidad de la instalación, de si se vierte o no a red los excedentes, de la gestión de los excedentes y de si la energía se distribuye por red interior o a través de la red pública.
A su vez, en función de si hablamos de una instalación para uso privativo o comunitario, necesitarás un porcentaje de voto vecinal y cuota de participación u otro.
En Cambio Energético queremos compartir contigo todas las posibilidades de la energía fotovoltaica. Así podrás descubrir cómo vivas donde vivas podrás disfrutar del autoconsumo fotovoltaico. Si tienes alguna duda sobre cómo autoproducir tu propia energía limpia y renovable, contacta con nosotros.
En este artículo veremos los acuerdos necesarios para instalar placas solares en una comunidad de vecinos. Estos son, básicamente, tres: el espacio comunitario destinado a la instalación; la participación económica de las personas que se involucren en la autoproducción; y el reparto de la energía que generen vuestras placas solares.
- 1 Acuerdo de uso de un espacio comunitario para instalar placas solares en una comunidad de vecinos
- 2 Acuerdo de participación económica y financiación para instalar placas solares en una comunidad de vecinos
- 3 Acuerdo de reparto de la energía generada por instalar placas solares en una comunidad de vecinos
- 4 ¿Siempre debo pedir permiso a la comunidad de vecinos para instalar placas solares?
Acuerdo de uso de un espacio comunitario para instalar placas solares en una comunidad de vecinos
Aunque vivas en el ático y quieras instalar placas solares sobre el tejado, si se trata de una cubierta comunitaria en un bloque de viviendas, siempre es necesario pedir permiso a la comunidad de vecinos. Por tanto, tanto para una instalación para ti o para unos pocos vecinos, como si se trata de un autoconsumo compartido para toda la comunidad de vecinos o para los usos energéticos comunitarios, hay que pasar la Junta de vecinos y contar con un porcentaje de apoyo de la comunidad, tal como dice la Ley de Propiedad Horizontal.
Un primer acuerdo a alcanzar, por tanto, sería en relación al espacio comunitario que se pretende utilizar para instalar placas solares en una comunidad de vecinos. ¿Y cuánto espacio de la cubierta comunitaria se puede utilizar? Pues el que decidáis. No hay un porcentaje establecido. Generalmente se suele aprovechar lo máximo que se tenga disponible, teniendo en cuenta los obstáculos que se puedan encontrar en el mismo (como chimeneas, sistemas de ventilación, etc.) y las sombras que podrían afectar a los paneles solares. Pero esto dependerá del tipo de instalación que se realice, de los usos y de para cuánta gente es la instalación.
¿Cuántos votos necesito para instalar placas solares en una comunidad de vecinos de un bloque de viviendas?
Esto va a depender, como decíamos, del tipo de instalación que quieras realizar. Si buscas instalar un autoconsumo compartido con toda la comunidad, ya sea para las zonas comunes y/o para todas (o la mayor parte de) las viviendas del bloque, deberás contar con una mayoría de los votos y cuotas. Sin embargo, esta mayoría puede ser de todos los propietarios (asistan o no), si se hace en primera convocatoria de la Junta de vecinos; o de mayoría simple (más votos y cuotas a favor que en contra, presentes en la Junta), si se hace en segunda convocatoria.
Para una instalación de uso privativo (tuyo o de una parte reducida de la vecindad), a las que se puedan incorporar el resto de vecinos, necesitaréis 1/3 de los votos y cuotas presentes. En estos casos, cualquier vecino podría beneficiarse de la instalación si así lo solicita y abona la cantidad correspondiente con intereses. Aplica también al alquiler de placas solares en las mismas circunstancias (aprovechamiento privado extensible al resto de vecinos).
Y ¿qué pasa si tú, una parte del vecindario o una tercera persona quiere alquilar la cubierta para instalar placas solares, cuando la finalidad sea mejorar la eficiencia energética de todo el edificio? Pues que necesitarás 3/5 de los votos y cuotas de toda la comunidad y los acuerdos se aplicarán a toda la comunidad.
Existen también otras mayorías necesarias en función de si la instalación requiere de una alteración sustancial del edificio que ponga en riesgo la seguridad o sea contraria a la estética del inmueble. En estos casos, hará falta un acuerdo por unanimidad.
¡Importante! Todo lo que supere la mayoría simple (3/5, unanimidad), se cuenta como voto favorable todas aquellas que no se opongan expresamente, tomando como base la totalidad de propietarios/as.
Acuerdo de participación económica y financiación para instalar placas solares en una comunidad de vecinos
Una ver decidido realizar una instalación de placas solares en el bloque de viviendas, la comunidad de vecinos debe llegar a un acuerdo sobre cómo financiar la instalación. Es decir, quién va a poner dinero y cuánto cada uno. Nuevamente nos encontramos con diferencias en función del tipo de instalación de autoconsumo.
Si se trata de una instalación para uso tuyo exclusivo (privativa individual), obviamente, la responsabilidad de pagarla sería tuya, incluyendo el coste de materiales, mano de obra y mantenimiento.
Cuando es un grupo reducido de vecinos que quieren instalar placas solares en el bloque de viviendas (privativa colectiva), los gastos se repartirán según los criterios que establezcan las personas participantes.
Si es una instalación de placas solares para los servicios comunes, el gasto que supone la instalación se repartirá en base a las cuotas de participación que registréis. Generalmente suelen ir vinculadas a cuestiones como la superficie de uso privado de cada vecina o vecino. También a las previsiones de uso de los servicios y elementos comunes. Si se supera el límite anual de nueve mensualidades ordinarias, las personas disidentes que hayan votado en contra, no estarán obligadas a sufragar los gastos que superen esta cuantía.
Pero si hablamos de un autoconsumo compartido para la gran mayoría o la totalidad de viviendas del bloque, el reparto se puede realizar según las cuotas establecidas o en función de otros criterios como puede ser el consumo, las circunstancias socio-económicas o situación de vulnerabilidad, entre otros.
Y en caso de que el uso sea comunitario pero la instalación sea de una tercera persona, pues sería esta persona quién tiene que pagar la instalación. Y, luego, deberá llegar a un acuerdo de alquiler o renting con cada vivienda que quiera beneficiarse del autoconsumo.
Acuerdo de reparto de la energía generada por instalar placas solares en una comunidad de vecinos
Vale, ya tenéis dos de los tres acuerdos necesarios para instalar placas solares en una comunidad de vecinos. Ya solo os quedaría el acuerdo de reparto de la energía que generéis con vuestro autoconsumo.
Para hacer este reparto, debéis establecer una serie de criterios. Por ejemplo:
El criterio básico que podéis utilizar es repartir la energía en función de la aportación económica que haya hecho cada uno.
También podéis establecer otros criterios que tengan un carácter más social y solidario, reservando una parte de la producción para aquellas vecinas que se encuentren en una situación socioeconómica de vulnerabilidad.
Otro ejemplo de criterio, con un carácter más equitativo, puede ser la demanda de consumo de cada vivienda. Criterio especialmente importante si en tu edificio conviven familias numerosas, parejas o, incluso, personas solas.
Incluso cuando haces una instalación para ti o una parte reducida de la vecindad, podéis acordar que parte de la energía que produzcáis vaya destinada a cubrir consumos comunes, pudiendo sufragar parte de la inversión la propia comunidad de propietarios en su conjunto.
¡Muy importante! Cuando lleguéis a un acuerdo es fundamental dejarlo por escrito, a través de un contrato de reparto firmado por todas las personas participantes.
Coeficientes de reparto dinámico
Los coeficientes de reparto de la energía producida en una instalación de placas solares en una comunidad de vecinos son aquellos que permiten calcular la energía horaria neta que corresponde a cada participante de ese autoconsumo compartido.

Hasta hace no mucho, los coeficientes de reparto eran fijos, estáticos. Por lo que si una de las personas asociadas producía excedentes de energía fotovoltaica que no utilizaba, ninguno de los otros asociados podía aprovechar ese excedente que, simplemente, se vertía a la red.
Ahora dispones de coeficientes de reparto dinámicos que permiten ajustar los consumos a diferentes circunstancias y hábitos de consumo de la vecindad. Que los coeficientes de reparto sean dinámicos supone un mejor aprovechamiento del autoconsumo y, por tanto, también del ahorro que genera, facilitando el intercambio de energía y teniendo en cuenta la producción fotovoltaica y el consumo para una mayor eficiencia y sostenibilidad.
¿Siempre debo pedir permiso a la comunidad de vecinos para instalar placas solares?
Digamos que casi siempre. Imagina que tienes la típica terraza de uso exclusivo y quieres instalar en ella placas solares. ¿Necesitar pedir permiso a la comunidad de vecinos? Pues, en este caso, no sería necesario. Solo tendrías que presentar el proyecto técnico a la presidencia o administración de la Junta vecinal, con una antelación de 30 días antes de que empiecen las obras. En ese tiempo se abre la posibilidad a realizar propuestas alternativas que no supongan un aumento sustancial de los costes en relación a la propuesta presentada.
Para el resto de casos, siempre que se requiera espacio comunitario para instalar placas solares, será necesario el permiso de la comunidad de vecinos.
Para poder llegar a los acuerdos necesarios para instalar placas solares en una comunidad de vecinos, necesitarás una información y proyecto previo de la instalación, donde se detalle cómo va a ser esta, así como un presupuesto. Una información que te puede ofrecer tu empresa instaladora.
En caso de que quieras instalar placas solares en una comunidad de vecinos, contacta con nosotros. Cuando contratas tu instalación con Cambio Energético, te acompañamos en todo el proceso: desde el estudio previo, el diseño y la instalación, hasta la legalización y la tramitación de la subvención, si la hubiera. Pídenos un presupuesto sin ningún tipo de compromiso. Estaremos encantados de atenderte.
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Comentarios
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Guardo estos datos para la próxima reunión de vecinos de mi edificio 🙂
Si quiero colocar placas en la fachada del edificio, en la zona debajo de mis ventanas, para hacer un consumo privativo de mi piso, necesito votos a favor de los vecinos de 1/3? Puedo colocarlas solamente informando del proyecto al presidente y administrador 30 días antes de comenzar las obras?
Gracias
Hola Begoña,
La fachada tiene la consideración de elemento de cierre y, por lo tanto, elemento común del edificio.
Al tratarse de una instalación de energía renovable de aprovechamiento privativo, la junta debe autorizarlo adoptando un acuerdo con el voto favorable de 1/3 de la totalidad de propietarios y cuotas.
Un saludo
Hola, he comprado un piso y en la comunidad hay placas solares comunitarias de uso privado (o algo así) si yo quisiera sumarme ,¿Podría? ¿Que tendría que pagar?
Gracias
Hola Maribel,
Se tendría que modificar el contrato técnico (solicitud de permiso de acceso y conexión) y realizar un nuevo acuerdo de reparto con la distribuidora, obviamente si la comunidad de vecinos está de acuerdo primeramente.
No obstante, tendríamos que estudiar tu caso particular. Para ello, puedes llamarnos al 927 500 162 o dejarnos tus datos en el siguiente formulario para que nuestros técnicos se pongan en contacto contigo: https://www.cambioenergetico.com/formularios/presupuesto
Un saludo
Saludos
Hola, mi comunidad me dice que para yo instalar paneles debe de haber un reparto de superficie de la cubierta , ya que hay vertiente sur y vertiente norte, y con ese espacio que cada uno monte lo que quiera con un proyecto aprobado y pasado por licencia de obras correspondiente.
En realidad es una comunidad de 4 viviendas, muy chiquita , pero sin conexión, y sin comunidad establecida como tal. Todo verbal.
Hola Marta,
Si hay varios vecinos o vecinas de la comunidad que queráis instalar paneles solares, quizás os pueda interesar más apostar por una instalación compartida.
Si quieres que veamos tu caso en detalle para ver las posibilidades que tienes/tenéis, puedes llamarnos al 927 500 162 o dejarnos tus datos en el siguiente formulario para que nuestros técnicos se pongan en contacto contigo: https://www.cambioenergetico.com/formularios/presupuesto
Un saludo