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¿Compensación de excedentes de autoconsumo o venta de energía solar a la red?. qué hacer con nuestros excedentes de producción fotovoltaica.

    El autoconsumo fotovoltaico es sinónimo de ahorro. No solo puedes ahorrar por lo que dejas de consumir de la red eléctrica por tu instalación de paneles solares sino que también puedes sacar beneficio de la energía que produces y no consumes, es decir, de los excedentes. Pero ¿cómo hacer esto? ¿debería apostar por la compensación para que se reduzca la factura de la luz o me interesa vender la energía que me sobra?

    Anteriormente, hemos visto las claves para entender la nueva normativa de autoconsumo fotovoltaico en la que se incluían las novedades casi revolucionarias que el RD244/2019 ha traído para el autoconsumo fotovoltaico industrial y residencial, entre las que se encuentra un inédito sistema de compensación por excedentes de autoconsumo fotovoltaico.

    También te hemos indicado cómo acogerte a la modalidad de autoconsumo con compensación, antes de que los cambios entraran en vigor. Y unas semanas después de que comenzaran a aplicarse los cambios hablamos de los precios de compensación, las comercializadoras, así como dimos algunas pistas para elegir la tarifa que más te puede interesar.

    En esta entrada te hablaremos de las opciones que tienes para sacar rendimiento de los excedentes de tu producción fotovoltaica para que puedas decidir de qué forma puede aumentar el ahorro que ya de por sí te generan tus paneles solares.

    ¿Qué puedes hacer con nuestros excedentes de producción de las placas solares de tu casa o empresa?

    Tenemos, principalmente, dos modalidades a las que podemos acogernos para dar una salida rentable al excedente de energía que no utilizamos, vertiéndola a la red eléctrica.

    Por un lado, el autoconsumo con excedentes acogido a compensación.

    Por otro lado, el autoconsumo con excedentes sin compensación (la referida a la venta de energía sobrante).

    Ambas modalidades son excluyentes. Es decir, que no se pueden combinar, sino que si optamos por una no podremos acceder a la otra.

    Existe una tercera opción que corresponde exclusivamente al autoconsumo compartido. No obstante, en esta entrada nos centraremos en las dos primeras. Pero si quieres conocer mejor cómo funciona esta modalidad asociativa, te recomendamos el artículo donde te explicamos todo lo que tienes que saber sobre autoconsumo compartido.

    Recordarte también que otra posibilidad que tienes para aprovechar tus excedentes es hacerte con un sistema de almacenamiento o baterías solares. En caso de optar por este sistema, debes disponer de las protecciones establecidas en la normativa de seguridad y calidad industrial.

    ¿En qué consiste la modalidad de compensación de excedentes en la producción fotovoltaica?

    La modalidad de compensación de excedentes consiste, básicamente, en qué tú viertes la energía sobrante de tus placas solares a la red y la comercializadora te compensa económicamente estos excedentes al finalizar cada mes en tu factura de la luz. Es decir, por cada kWh que inyectas en la red, la compañía te descontará del consumo de tu factura el precio que hayáis acordado.

    El descuento que nos pueda hacer la comercializadora por la energía excedente vertida en la red tiene límite: la energía consumida. Es decir, nunca nos van a abonar dinero sino que lo máximo que podemos obtener es que nuestro consumo en la factura sea cero.

    Tampoco debemos olvidar que el descuento se aplica sobre la parte variable de la factura, es decir, sobre nuestro consumo. Los costes habituales (parte fija de la potencia, alquiler de contador, impuestos…) vamos a tener que seguir abonándolos, mientras sigamos conectados a la red eléctrica.

    Detalle de la factura con compensación de excedentes
    Detalle de la factura con compensación de excedentes

    Y si vertemos más energía del descuento que puede hacernos ¿se puede acumular y utilizarlo en siguientes facturas? Desgraciadamente, no se puede acumular. Una vez que el descuento alcance su límite (cero en consumo), el resto de energía no será abonada, sino que será beneficio exclusivo de la comercializadora.

    Todo ello, teniendo en cuenta que no tienen el mismo valor la energía que consumimos que los excedentes que inyectamos en la red. Por poner un ejemplo, si por nuestro consumo la comercializadora nos cobra 0,15 €/kWh (0,09 € para la comercializadora por la energía consumida, precio sobre el que se aplica el descuento; y 0,06 € para la distribuidora en concepto de peaje, en el que no se aplica descuento), nuestros excedentes los puede valorar en 0,05 €/kWh. Por tanto, es más cara la energía que compramos que la que vendemos.

    Requisitos para acogerte a la compensación de excedentes de autoconsumo fotovoltaico

    Para poder acogerte a esta modalidad, debes cumplir básicamente con las siguientes condiciones:

    a) Que la fuente de energía primaria sea de origen renovable.

    b) Que la potencia total de la instalación no sea superior a 100 kW.

    Si cumples estos requisitos, tienes las puertas abiertas a la compensación de excedentes. Si quieres saber cómo solicitar esta compensación, te recomendamos que este artículo en el que te explicamos cómo acogerte a la modalidad de autoconsumo con compensación.

    ¿Cómo funciona la venta de excedentes de producción fotovoltaica?

    La modalidad de autoconsumo con excedentes sin compensación continúa con la misma línea de verter los excedentes de producción de nuestra instalación fotovoltaica a la red eléctrica. Solo que en esta modalidad no habrá una compensación en forma de descuento en la factura de la luz, sino que la energía que no se haya consumido se venderá a la comercializadora, al precio actualizado del mercado eléctrico.

    Para poder acogerte a esta modalidad y vender tus excedentes puedes elegir entre formalizar un acuerdo de representación en el mercado eléctrico con alguna comercializadora para la venta de energía o darte de alta como productor en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (RAIPRE), realizando los trámites que exija el operador del mercado.

    En ambos casos, debes saber que traen consigo obligaciones fiscales y tributarias propias de una actividad económica y, por tanto, deberás declarar estas rentas a Hacienda y disponer de la licencia de actividad del Ayuntamiento.

    Requisitos para la venta de excedentes de producción fotovoltaica

    • Licencia de actividad del Ayuntamiento.
    • Alta en la Agencia Tributaria en impuesto electricidad.
    • Registro administrativo de producción (RAIPRE).
    • Acuerdo de representación y contrato de venta de energía con comercializadora de referencia.

    ¿Cuál es la mejor opción en autoconsumo fotovoltaico: compensación o venta de excedentes?

    Dependiendo del tipo de instalación nos será más rentable la compensación en la factura de la luz o la venta de excedentes de energía a la comercializadora.

    Si nuestra instalación es de carácter residencial o de una pequeña empresa, donde el consumo de energía es más continuo, nos va a interesar la compensación del excedente a través de la reducción del consumo en la factura de la luz. Esto se debe a que los excedentes que produzcamos pueden ser suficientes para compensar la energía que compramos, pero no para asumir todos los gastos que supone la venta y sacar beneficio.

    Si nuestro caso es el de una instalación industrial, con momentos de parada semanales (por ejemplo, fines de semana) o mensuales (en los que por el tipo de producción tenga que pararse durante días en ciertos meses), puede interesarnos optar por vender los excedentes a una comercializadora o darnos de alta como productores de energía. Pero debemos hacer números antes, teniendo en cuenta las obligaciones fiscales y tributarias, para ver si realmente nos compensa.

    Es decir, solo si tenemos grandes excedentes de energía en nuestra producción fotovoltaica, nos interesará optar por la venta. En el resto de los casos, la mejor opción será la compensación.

    Tanto la venta como la compensación son medidas que nos indican que el autoconsumo fotovoltaico no es una quimera o una probabilidad de futuro, sino una realidad que ya está aquí y de la cual son muchos los hogares y empresas que están empezando a beneficiarse en su factura mensual, además de contribuir a una rebaja muy importante de emisiones de co2 y a ir hacia una transición ecológica sostenible. Y prueba de ello es que que la legislación se está adaptando cada vez más rápido hacia unas condiciones más favorable al sector de las renovables, lo cual hace que sea un buen momento para pasarte al autoconsumo fotovoltaico, si no lo has hecho ya.

    Si te interesa acogerte a la modalidad de autoconsumo con excedentes de energía y no quieres estresarte con el procedimiento, contacta con nosotros en Cambio Energético. Te asesoraremos en todo lo que necesites, te haremos un estudio exhaustivo previo para que puedas valorar cuales son tus mejores opciones . Y si finalmente decides montar tu instalación con nosotros, gestionaremos por ti todos los requisitos legales y técnicos de tu instalación. Contamos con delegaciones propias en todo el territorio y no te marearemos con interminables centralitas, desde el primer minuto tendrás asignado uno de nuestros técnicos que será quien te guíe y acompañe durante todo el proceso. De esta manera, de lo único que tendrás que preocuparte es de empezar a ahorrar con energía limpia, respetuosa con el medio ambiente.

    Resumen: Preguntas frecuentes sobre compensación y venta de excedentes fotovoltaicos

    Qué hacer con los excedentes de producción de las placas solares para autoconsumo

    Con la energía fotovoltaica producida y no consumida del autoconsumo se puede optar por la compensación de exdecentes (reduciendo el gasto de consumo de la factura) o en el caso de que tengas mucho excedente de producción, se puede compensar vendiendolos a la comercializadora o al mercado como productor de energía solar

    ¿Qué es la compensación de excedentes de autoconsumo fotovoltaico?

    Consiste en que la energía que produces y no consumes en ese momento la viertes a la red y a cambio la comercializadora te descuenta de la parte de consumo de la factura la cantidad correspondiente. El límite está en que el consumo de la factura sea cero, es decir si viertes más de lo que consumes no ganarás dinero.

    Requisitos para acogerse a la compensación de excedentes de autoconsumo fotovoltaico

    Que la fuente de energía sea renovable, que la potencia total de la instalación no supere los 100kW, un contrato único para consumo asociado y para los consumos auxiliares (en su caso), contrato de compensación de excedentes de autoconsumo y la instalación de producción sin régimen retributivo adicional o específico.

    ¿Se puede vender los excedentes de producción fotovoltaica de las placas solares?

    La modalidad de autoconsumo con excedentes sin compensación permite que vendas los excedentes que viertas a la red. Para ello puedes optar por firmar un acuerdo de representación con tu comercializadora o darte de alta como productor de energía solar

    ¿Qué interesa más a una instalación residencial, la compensación de excedentes o la venta directa?

    Para las instalaciones residenciales o de pequeñas empresas por norma general interesa más la compensación de excedentes para obtener un descuento en nuestra factura de la luz, ya que los consumos de energía son continuados.

    ¿interesa a una industria vender los excedentes de la producción fotovoltaica?

    En el caso de instalaciones grandes con muchos excedentes de energía o periodos de inactividad (paros de producción o de fines de semana), es posible que le sea más interesante vender la energía sobrante que vierta a la red eléctrica. Es uno de los casos en los que merece la pena realizar un estudio a fondo.

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      Comentarios

      1. Julio dice:

        Un detalle que ya está ampliamente conocido y no explican correctamente en su artículo, es que cuando dice que los 0,15€/kWh consumidos se compensan con los 0,05€/kWh generados, les falta indicar que esos 0,15€/kWh son en realidad (y aproximadamente) 0,09€ para la Comercializadora en concepto de energía y 0,06 para la Distribuidora en concepto de peaje.
        Lo que realmente se compensa son esos 0,09€/kWh con los 0,05€ generados. Así que nunca se pagan sólo el mínimo; cualquier consumo de energía conlleva los peajes, que no se compensan.

        También sería muy interesante que hicieran un artículo explicando qué va a ocurrir ahora con las nuevas tarifas TD y cómo afectará al consumo en general y a las instalaciones fotovoltaicas. Beneficios y desventajas de las nuevas tarifas.

        • Juan Medela dice:

          Hola Julio,

          Muchas gracias por tu aportación.

          Estás en lo cierto. En lo que repercute la compensación de excedentes es en los gastos variables (nuestro consumo), como indicamos en el propio artículo un poco más arriba.

          Pero cuando comentamos el ejemplo de la compensación, es cierto que no hemos indicado la diferenciación entre los gastos de peaje y los de consumo, cuestión que pasamos a corregir.

          Y nos anotamos tu propuesta de hacer un artículo sobre los beneficios y desventajas de las nuevas tarifas para autoconsumo fotovoltaico.

          Gracias nuevamente por tu comentario y por leer nuestro artículo.

        • Francisco dice:

          Yo llevo 4 meses con Proxima Energia y si tienes bastantes exxedentes te compensan todos los fijos de potencia y variables.
          Cobran una comision por mes, unos 7 euros, pero si tienes suficientes excedentes tu factura será 0.
          Mis 4 primeras facturas han sido 0.

      2. Luis Miranda dice:

        Cuando un año después de legalizar mi instalación fotovoltaica con excedentes sin compensación empiezan a pagarme los excedentes observo que los kwh liquidados son aproximadamente on 25% inferiores a los datos de mi inversor. Compruebo que las medidas de mi inversor son iguales que las del contador de la compañía eléctrica. ¿ Como es posible que ocurra algo así?

        • Juan Medela dice:

          Hola Luis,
          No es normal tal descompensación. Puede haber algún fallo en la lectura por parte de tu compañía eléctrica. Te recomendamos que lo verifiques con tu instalador para revisar y contrastar estas lecturas. En caso de que tu instalador haya sido Cambio Energético, puedes llamarnos al 927 500 162.
          Un saludo

      3. Francisco dice:

        Actualmente vendo todo lo que producen mes placas solares.
        Pero me interesaría saber
        Si interesa más autoconsumo con escedentes y compensación de los mismos o autoconsumo sin escedentes quiero decir con un vatimetro que no manda la energía a la ret por tanto consumo todo lo que se produce.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Francisco,

          El autoconsumo sin excedentes implica, como bien dices, disponer de un equipo anti-vertido que garantiza que no se vierte a la red eléctrica nada de la energía de sobra que produzca tu instalación. Tienen la ventaja de que su tramitación administrativa es mínima. Esta opción puede ser interesante si cuentas con un sistema de almacenamiento de energía que permita sacar el mayor provecho a tu producción fotovoltaica.

          En el autoconsumo con excedentes viertes la energía que no consumas en el momento. Y aquí es donde tienes la opción de acogerte a compensación o vender la energía. Si no tienes un sistema de almacenamiento, lo suyo es acogerte a la compensación para sacar un mayor provecho de la energía que produzcas y no consumas.

          saludos

      4. Francisco dice:

        Se puede modificar una intalacion con benta total de escedentes y pararla a autoconsumo.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Francisco,

          Si ha transcurrido al menos un año desde que estás en la modalidad de venta de excedente, sí es posible modificar la modalidad de autoconsumo.

          Un saludo

          • Mari dice:

            Tengo una instalación de placas fotovoltaicas. Una vez que la distribuidora me ha reconoido la instalación de autoconsumo con excedentes, Veo que siguen sin descontar la energía prodicida autonsumida. No entiendo que ocurre.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola Mari,
              Tienes que ponerte en contacto con tu comercializadora para firmar un nuevo contrato donde se recoja también la compensación de excedentes. Generalmente, la comercializadora se debería haber puesto en contacto contigo, pero con la avalancha de solicitudes, no siempre ocurre. Así que te recomendamos que te pongas en contacto con ella.
              Un saludo

      5. Joaquín dice:

        Es obligatorio el cambio desde mercado regulado a mercado libre para los contratos de compensacion simplificada de excedentes? o mi comercializadora de referencia debe de ofrecerme dicha contratación si se lo solicito?
        Ademas, puedo solicitar la compensación por balance neto o no están obligadas a ofrecerte dicha modalidad?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Joaquín,

          Puedes solicitar la compensación de excedentes tanto con la tarifa del mercado regulado como con una del mercado libre.

          En cuanto al balance neto, hoy por hoy no existe esta modalidad en España.

          Un saludo

      6. Juan Carlos dice:

        Hola, interesante articulo. Entiendo que una vez que la parte variable de la factura llega a 0 es todo beneficio para la comercializadora. Lo que no tengo del todo claro es si la norma prohibe a las comercializadoras compensar la parte fija de la factura (potencia, medidores, etc) o la facultad existe y ninguna empresa lo hace.

        Gracias!

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Buenas tardes, Juan Carlos.
          Desgraciadamente no se puede compensar los gastos fijos, solo tu consumo, como dices, hasta que este llegue a 0.
          saludos

          • Mark dice:

            Buenas tardes. Según me informaron en Holaluz, los excedentes afectan al total de la factura, es decir, podría tener una factura 0 de gastos fijos y variables. ¿Esto es posible, verdad?

            Gracias.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Buenas días, Mark.
              La parte de la factura a la que afecta la compensación de excedentes es la de consumo de energía. Pero algunas comercializadoras también aplican la compensación a la parte de potencia contratada. Esto depende de la comercializadora.
              Un saludo

          • Luka dice:

            Buenos días
            Muy interesante el artículo y las respuestas a las preguntas. Muchas gracias
            Nosotros hemos instalado hace unos meses placas para 6 kw con baterías. Hemos visto que somos casi autosuficientes, en verano, y vertemos más del 50% de la energía a la red, habrá que ver en días nublados y en invierno
            Me parece increíble que la compensación no afecte a los términos fijos de la factura. Comprendo que no puedo hacer negocio o sacar dinero, tendría que darme de alta como productor, pero de ahí a que no se pueda llegar a 0? No lo entiendo. Espero que alguna organización de consumidores se ponga a reclamarlo. Sabéis si hay alguien que esté haciendo algo para cambiar esta situación?
            Gracias!

      7. Jose Luis dice:

        Tengo una duda, me cambiaron el contrato y me indica que el excedente, compensación también pasa al pvpc , dependiendo como este el mercado me compensa mas o menos. que esta puede compensarse a 0,20. es cierto? como funciona esto?

      8. Fernando dice:

        Buenos días,

        Estoy estudiando la posibilidad de realizar una instalación fotovoltaica con excedentes sin compensación. ¿Podrían orientarme sobre el coste que supone realizar todos los trámites necesarios para vender la energía?¿Rango de precio de venta del KW?¿ Cuánto tributa el beneficio que se obtiene de la venta?¿ Existe por lo general un mínimo de KW instalados para que sea rentable la venta de la energía?

        Un saludo, muchas gracias.

      9. Damián López Cervantes dice:

        Un año después de solicitar el abono por compensación de excedentes, Naturgy sigue sin abonar dichos excedentes. Al reclamar me dicen que es normal que se demora al menos una año para que se proceda a dicho abono.
        Debo considerar esta situación como normal?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Buenos días, Damián
          No es normal demorar un año la compensación de los excedentes. Cierto es que Naturgy hace cosas que no son muy normales y hay muchos clientes descontentos con ellos.
          Por lo que la recomendación sería tramitar una queja en consumo.
          Un saludo y esperamos que la situación se arregle cuanto antes

      10. OSCAR dice:

        Buenos dias.
        He consultado con la aseguradora de la vivienda incluir las placas solares en la misma.
        Me indican que si vendo el sobrante no me pueden incluir las placas.
        La pregunta es, ¿la compensación se considera venta? ¿Si es que no, donde esta la normativa para indicarselo a la aseguradora?
        Muchas gracias.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Óscar,
          Una cosa es la compensación de excedentes y otra la venta. Son dos modalidades diferentes.
          La normativa de referencia es el RD 244/2019.
          Un saludo

          • David dice:

            Hola, yo estoy en el mismo caso. No quieren asegurar por estar conectadas, cosa que entiendo ocurre en la mayoría de instalaciones de autoconsumo con compensacioón. Alguna solución?? Gracias.

            • Cambio Energético Juan Medela dice:

              Hola David,
              Todas las instalaciones de autoconsumo están conectadas a la red. Las instalaciones de paneles solares que no lo están se denominan instalaciones fotovoltaicas aisladas.
              Puedes hablar con tu aseguradora y preguntarles por qué no pueden asegurar la instalación. Si es por estar conectado a la red, por tener la modalidad de compensación de excedentes u por otra razón. Y también ¿cuál es el escenario en el que sí pueden asegurar la instalación?. Con lo que te digan, puedes valorar tus opciones.
              Un saludo

      11. Ginés David dice:

        Tengo una instalacion de 5,4 kw de placas y una bateria de 10kw, con una potencia de 4,6kw de dia/noche. Mi consumo mensual de la red es casi cero (alrededor de 5-10 kw/mes). Vierto a la red entre 100-400kw al mes, depende del mes. Con las tarifas que veo siempre me toca pagar el termino fijo. Me interesa con estos números: verter 3.000kw/año a la red y consumir 60kw/año vender la energia y no estar en compensación?
        Al consumir casi el 100% entre placas y bateria puedo bajar la potencia contratada?
        Gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Ginés,
          La compensación se aplica a tu consumo, como máximo hasta que este llegue a cero.
          Si tenemos en cuenta que para la venta de excedentes tienes que darte de alta como productor y cumplir con las obligaciones fiscales y tributarias, solo te compensaría cuando los excedentes son enormes, algo que pueden alcanzar en la industria, pero difícilmente en instalaciones residenciales o de pequeño comercio.
          Si quieres aprovechar al máximo los excedentes y ya tienes sistema de almacenamiento, puedes optar por otros sistemas de aprovechamiento de los excedentes, como los reguladores de agua caliente, como el Ohmpilot de Fronius: https://www.cambioenergetico.com/blog/fronius-ohmpilot-calentar-agua/
          Un saludo

      12. Luis A. Montes dice:

        Es un negocio usurero por parte de la Electricas. La diferencia de lo que te abonan entre el Kwh producido por tu instalación es escandalosa. Es de 6 o 7 veces menos del precio de KWH, entre lo que produces y lo que usasde la Red.
        Si lo que se desea en contaminar menos, ahorrar divisas en energías contaminantes, el Estado debe promocionar el autoconsumo y esto se hace obligando a las electricas que IGUALEN PRECIOS entre lo que produces o lo que obtienes de la Red. Este último año las Empresas Eléctricas han TRIPLICADO SUS BENEFICIOS.
        Sra. Ministra Doña TERESA RIBERA, Esto es URGENTE.

      13. Antonio dice:

        ¿qué promedio de vida tienen las placas fotovoltáicas? Cuando ya no son eficientes supongo habrá que sustituirlas, ¿hay descuentos o subvenciones para cuando tenga que procederse a restituir las placas?

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Antonio,
          El promedio de la vida útil de una placa solar es de 25 años. Si bien ya hay paneles solares que ofrecen duraciones más largas.
          Cuando llegue el momento, puedes consultar subvenciones al respecto, ya que estas suelen tener un carácter temporal.
          Un saludo

      14. Fidel dice:

        Hola buenas tardes, me podrías decir cómo me puedo enterar la comercializadora que compensa los excedentes y los fijos.

      15. Marco Almaraz dice:

        Hola. Acabo de instalar en mi local comercial 12 placas solares x 455w
        En mi domicilio particular no puedo instalar placas pues es una comunidad de vecinos de un edificio.
        En los dos contratos soy el titular.
        ¿Cual es la modalidad aconsejada en este caso, pues en mi comercio produzco bastante más de lo que consumo?
        ¿Me compensarían los excedentes de kw producidos en mi local con mi vivienda o solo me pagarían (a un menor precio que lo que me cobran) ese excedente?
        ¿Cual compañía me pagaría mejor ese excedente?
        Muchas gracias por la labor.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Marco,
          Por lo general, interesa la compensación. Para que te compense la venta de excedentes debes tener una gran instalación y muchos excedentes. Ten en cuenta que conlleva darse de alta como productor y las obligaciones fiscales y tributarias correspondientes. Por lo que habría que estudiarlo muy bien.
          Si hay menos de 1km entre la instalación y tu vivienda, también podrías optar por hacer un autoconsumo compartido.
          Otra opción es ver otras formas de compensación como la batería virtual, un sistema de compensación que te permite compartir excedentes con otro suministro a tu nombre. Te dejamos el enlace a un artículo en el que hablamos sobre esta opción: https://www.cambioenergetico.com/blog/bateria-virtual-como-funciona/
          Y en un piso de una comunidad de vecinas hay posibilidades de instalar placas solares también, si cuentas con el beneplácito de la comunidad.
          Un saludo

      16. Juan dice:

        Buenas tardes, es cieto que ¿Si pido subvención para la instalción de unas placas solares y después compenso los excedentes, la administración me reclamará la posible subvención otorgada?
        Si no es ese el caso exacto, ¿Cuando te pueden retirar o reclamar el importe de la subvención?

        Gracias

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Juan.
          Cada subvención tiene sus compatibilidades e incompatibilidades. Pero generalmente no interfieren con la compensación de excedentes. Es decir, puedes acceder a la subvención y compensar los excedentes.
          Pero te recomendamos que te leas las bases de la convocatoria específica.
          Un saludo

      17. Pepin Tagle dice:

        Hola. No acabo de entender el mecanismo de la compensación de excedentes.
        1. ¿La energía que consumo al mismo tiempo que la generan mis placas la contabiliza el contador o no aparece en ningún sitio, es como si no consumiera en ese momento de la red? Pues en realidad no ha entrado ni salido.
        2. Más o menos la misma pregunta: ¿La compensación de excedentes quiere decir que cuando consumo y no estoy produciendo ese consumo me lo borran pagándolo (compensándolo) con lo que he vertido a la red porque producía más de lo que consumía en ese momento? ¿O es todo lo consumido, tanto si estoy produciendo como si no? Todo esto, quiero decir, dentro del mes si no existe un tipo de contrato que diga lo contrario (Batería virtual, etc)
        3. He visto que la distribuidora me va apuntando diariamente los consumos y los vertidos y cuando acaba el mes me borra lo consumido (que es mucho menos que lo producido) ¿Es que la compensación la hace la distribuidora y el cómputo de lo no consumido se lo pasa a la comercializadora? Esto me parece difícil porque cada hora hay una tarifa y con la distribuidora no tengo una relación en euros.
        Muchas gracias.

        • Cambio Energético Juan Medela dice:

          Hola Pepin,
          La energía que producen tus paneles solares y consumes en el momento, no pasa por el contador de red. Solo contabiliza la energía que produces y no consumes en ese momento o almacenas en una batería, es decir, los excedentes que viertas a la red.
          Si hablas de una compensación estándar (no de la batería virtual), la energía que viertas a la red será valorada según el contrato de compensación que hayas firmado, restando esa cuantía de la parte de consumo de tu factura de la luz. Si esta parte llega a cero (no la factura total) y sigues teniendo excedentes, esos excedentes no serán compensados, ya que la compensación estándar no guarda el excedente de un mes para otro.
          Un saludo

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