Balance Neto Abril

El balance neto será una realidad antes de las elecciones del 28a

    Fuentes gubernamentales han anunciado durante un encuentro de la Asociación de Consumidores de Electricidad celebrado en Madrid la aprobación, el próximo viernes, del Real Decreto-ley 15/2018, en lo que se espera que sea el empujón definitivo a la compensación por excedentes de energía procedente de autoconsumo, el denominado balance neto.

    La introducción del Real Decreto-Ley 15/2018, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores el pasado octubre ha modificado sustancialmente el escenario regulador del autoconsumo en nuestro país, liberalizando el mercado, eliminando tasas y facilitando ostensiblemente la legalización de proyectos de energía fotovoltaica. El decreto ha introducido, igualmente, novedades de gran calado, entre las que destacan la posibilidad del autoconsumo compartido y un sistema de “compensación simplificada entre los déficits y los excedentes de consumo” denominado generalmente balance neto para autoconsumo y que varía en su forma según las distintas modalidades de autoconsumo fotovoltaico.

    Distinto autoconsumo, distinta compensación – Cambio Energético

    El Real Decreto 15/2018 determina actualmente dos modalidades de autoconsumo fotovoltaico: sin excedentes, es decir, destinado únicamente a cubrir las necesidades energéticas de quien produce la energía y con excedentes, en la que quien produce la energía fotovoltaica puede “vender” la producción que le sobra inyectándola en la red eléctrica a cambio de una compensación. Se establecen asimismo dos subgrupos de autoconsumo en el modelo con excedentes, un grupo A que integran instalaciones que tienen como fuente de energía primaria la renovable y una potencia menor o igual a 100kW -entre otros requisitos- y un segundo grupo -grupo B- donde se ubican las instalaciones que no cumplen los requisitos del grupo A.

    Varios autoconsumos, diferente balance neto

    Lo interesante es que aquellos consumidores o empresas que se adhieran al grupo A puede inyectar en la red el excedente de energía fotovoltaica que no necesiten en un momento dado con la garantía de que podrá acudir posteriormente a la red eléctrica y recuperar esa misma cantidad de energía, siempre que lo haga en el mismo periodo horario durante el que realizó el vertido en la red. Este intercambio de energía por energía es el balance neto, una medida que, entre otras cosas, asegura una mayor rapidez en el proceso de amortización de la instalación solar simplemente, habrá más ocasiones en las que el consumidor acuda a la red convencional, no para consumir energía que luego habrá de pagar, sino para “recuperar” la energía vertida con anterioridad y que ahora necesita, con el consiguiente aumento de la rentabilidad de sus placas solares.

    Para consumidores o empresas que se adhieran al grupo B, el sistema de compensación no consistiría en energía por energía, sino que la energía vertida a la red se compensaría económicamente. Esta opción podría dar que hablar, toda vez que deja en manos de las comercializadoras eléctricas el cálculo de estas cantidades, aunque se estipula que el valor de la energía vertida sea valorado a precio horario de mercado deduciendo los costes de comercialización. El Gobierno, por el momento, prevé una liquidación mensual pero el sector eléctrico ha reclamado que sea anual.

    La importancia de dar al Real Decreto -y con ello, al balance neto- carácter legal definitivo no debe tomarse a la ligera. Supone pasar de un marco legal que desincentivaba el autoconsumo energético a un nuevo escenario donde se reconoce el autoconsumo como un derecho del ciudadano, ofreciendo así a consumidores y empresas la posibilidad de producir su propia energía de autoconsumo, individual o colectivamente, sin tener que pagar ninguna tasa y con la opción de recibir compensación por sus excedentes. Un nuevo contexto que no solo facilitará a aquellos que ya sean autoconsumidores a recuperar antes la inversión de su instalación fotovoltaica, sino que puede convertirse en un argumento fundamental para que nuevos consumidores particulares e industriales opten por producir su propia energía de autoconsumo. No en vano, la previsión del director general de UNEF, José Donoso, es que con la aprobación del Real decreto se pase a instalar de media en España alrededor de 400 MW anuales de autoconsumo, con la posibilidad de que esta cantidad se pueda incrementar. Todo un impulso al sector de la energía fotovoltaica.

    En palabras de Joan Herrera, director del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), la aprobación del RD 15/2018 persigue incentivar que el ciudadano deje de ser “un mero espectador de la transición energética” y obtenga “las herramientas necesarias para convertirse en actores de la lucha contra el cambio climático”. Una declaración de intenciones que ha resonado bien en el sector fotovoltaico pero que exigirá compromiso y, sobre todo, trabajo para matizar las cuestiones aún no resueltas que trae consigo el Real Decreto y evitar así frenar su desarrollo.

    Cada vez son más los consumidores y empresas que entienden que el futuro de la energía es renovable. En Cambio Energético estamos comprometidos a ayudar a nuestros clientes a dar el paso hacia este modelo energético, más limpio, más barato y más justo con las necesidades de la sociedad actual. Contacta con nosotros y te asesoraremos en todo lo que necesites sobre tu instalación fotovoltaica.

    www.cambioenergetico.com

    (Fuentes: ABC, El Economista, Diario de Mallorca, 65yMas)

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