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EDIFICIOS DE CONSUMO ENERGÉTICO CASI NULO: NUEVAS OPORTUNIDADES PARA EL AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO

Dic 5, 2019

Apúntate esto: a partir de 2021, cualquier edificio que se construya en España -desde un chalet a un local comercial, desde un edificio público de oficinas a una guardería- tendrá que ser un “edificio de consumo de energía casi nulo” (EECN). Se trata de un esfuerzo a nivel de toda Europa que persigue cumplir los objetivos sobre clima y energía para 2030 y que, literalmente, cambiará la forma de construir nuestros inmuebles. ¿Quieres saber cómo? ¡Pues sigue leyendo, que te lo contamos!

Con la COP25 ya en marcha en Madrid y la reciente declaración de Emergencia Climática por parte del Parlamento Europeo aún fresca (tan fresca como -duele decirlo- las inundadas calles y plazas de Venecia) parece un buen momento para hablar de una estrategia inscrita en la agenda de toda Europa y llamada a liberarnos de la dictadura del carbono. Dicha estrategia consiste en crear edificios neutrales desde el punto de vista del clima, los llamados edificios de consumo de energía casi nulo (EECN) que requieren poca energía y han de obtener ésta de fuentes renovables, como el autoconsumo fotovoltaico.

Los objetivos clave del Marco Europeo sobre Clima y Energía lo dejan muy claro. Para 2030 los europeos tendremos que:

  1. reducir al menos un 40% las emisiones de gases de efecto invernadero (con respecto a 1990)
  2. aumentar la cuota de energías renovables hasta el 32%
  3. mejorar nuestra eficiencia energética al menos en un 32,5%

Se entiende así que la forma en la que se construyen los entornos urbanos sea fundamental, dado que los edificios suponen el 40% del consumo total de energía en Europa y son, por tanto, el principal elemento catalizador para la consecución de estos objetivos.

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Qué es un Edificio de Consumo de Energía Casi Nulo?

Según la Directiva Europea 2010/31/UE, lo es todo aquel edificio que aúne dos características fundamentales: un nivel de eficiencia energético muy alto y una necesidad casi nula o muy baja de energía, debiendo proceder ésta mayoritariamente de fuentes renovables en el propio edificio (por ej. una instalación de placas solares o de energía solar térmica) o en el entorno cercano.

Edificio EECN
Un edificio de consumo de energía casi nulo (EECN)

En esencia, la filosofía que subyace tras directivas de este tipo y que toma forma en los EECN es la de, por un lado, aprovechar con inteligencia los elementos con los que cuenta el entorno del edificio: orientación, viento, humedad, etc. y por otro, introducir estrategias orientadas a reducir al máximo la demanda de energía y la utilización de energías contaminantes. Entre estas estrategias se incluye la adopción de medidas pasivas relacionadas con el diseño y los materiales de la envolvente térmica del edificio, así como la utilización de energías renovables (ej. un kit solar fotovoltaico, un sistema de aerotermia, etc.) y elementos de control y gestión para la optimización de la eficiencia, entre otras medidas. En poco más de un año, esta filosofía pasará a ser obligatoria para todos los edificios de nueva construcción.

La consecuencia se ve fácilmente: la normativa europea contra el Cambio Climático está marcando el camino de un modo de construcción nuevo que da un renovado impulso a la arquitectura más sostenible, a materiales inteligentes y a una mayor generalización de las energías renovables, entre ellas las instalaciones de placas solares, tanto de autoconsumo fotovoltaico industrial como residencial, que pasarán a ser un elemento fundamental en miles de edificios nuevos de toda Europa.

¿Qué es la envolvente térmica de un edificio?: Para que nos entendamos, la envolvente de un edificio es su defensa contra las inclemencias del clima y la forma de reducir su consumo de energía, es decir, todos los cerramientos -cubiertas, suelos, fachadas, medianeras, particiones interiores, etc.- que limitan los espacios del edificio con el ambiente exterior y que, dentro del edificio, delimita los espacios habitables de los no habitables que también limiten con el exterior. El término puente térmico hace referencia a las zonas de la envolvente térmica en las que hay una disminución de su eficacia (por un menor espesor en los materiales o por la confluencia de distintos cerramientos, por ejemplo). 

Si bien sólo nos queda un año para adaptarnos, es cierto que, por el momento, la normativa sólo tiene en cuenta la energía primaria (climatización y agua corriente sanitaria en viviendas, e iluminación en edificios terciarios: naves industriales, locales, etc.). Es decir, que por ahora no tiene en cuenta el gasto de electricidad que generan electrodomésticos y equipos.

El Código Técnico de la Edificación

Como es costumbre en la legislación europea, la Comisión otorga a los países miembros flexibilidad en la forma de implementar sus directivas y adaptarlas a sus realidades nacionales. De este modo, en nuestro país, el marco normativo que regula los edificios de consumo de energía casi nula es el Código Técnico de la Edificación (CTE).

El CTE contiene un “Documento Básico de Ahorro de Energía” donde se establecen las exigencias básicas en eficiencia energética y energías renovables que deben cumplirse tanto en los edificios de nueva construcción como en las intervenciones en edificios existentes -de los que hablamos un poco más abajo- para adaptarlos al concepto de EECN. Dichas exigencias tienen en cuenta aspectos como la localización geográfica de los edificios, la función que desempeñan y el régimen de verano e invierno, e incluye capítulos específicos sobre:

 ·Limitación del consumo energético.
 ·Limitación de demanda energética (calefacción y refrigeración).
 ·Rendimiento de las instalaciones térmicas.
 ·Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
 ·Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.
 ·Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica. 

Por desgracia, la constante interinidad de los últimos gobiernos de nuestro país ha provocado que, a punto ya de cerrarse 2019, la última actualización del CTE siga pendiente de publicación (que estaba prevista para fines del año pasado). El retraso es importante en tanto que está provocando una cierta sensación de improvisación dada la falta de unos criterios técnicos fijos actualizados, con el resultado de una evolución menor a la esperada. Queda un año, pero mucho por hacer.

Si os interesa conocer qué dispone el nuevo CTE, descuidad porque en cuanto vea la luz la nueva actualización, dedicaremos un post específico a las novedades que traiga consigo.

¿Qué ocurre con los edificios que YA están construidos?

El nuevo planteamiento de desarrollo de edificios se entiende bien para inmuebles de obra nueva, pero ¿qué pasa con lo que ya hay construido? Según la Directiva 27/2012/UE: “Los Estados miembros establecerán una estrategia a largo plazo para movilizar inversiones en la renovación del parque nacional de edificios residenciales y comerciales, tanto público como privado”. Este mandato, aplicado a un país como el nuestro, donde el 95% del parque inmobiliario es anterior a 2007 significa una movilización importante. Pero que muy importante. Con todo, el plan de actuación del Ministerio de Fomento –que, todo sea dicho, obtuvo una de las mejores calificaciones de la Unión Europea (El País, 19/09/2019)- contempla, a través del Plan Estatal de la Vivienda, ayudas económicas para mejorar la estructura de los edificios (ventanas, aislamientos, etc.) y para la instalación de sistemas de energía renovables como paneles solares -en combinación o no con sistemas de aerotermia-, sistemas de energía solar térmica, etc. que contribuyan a que los edificios veteranos que pueblan nuestras calles adquieran una mayor neutralidad climática y se acerquen al concepto de EECN.

A medida que la normativa y los avances tecnológicos del sector energético van introduciendo novedades, se hace más y más necesario contar con una empresa con experiencia capaz de entender los nuevos desarrollos y los acerquen a sus clientes para responder a sus necesidades. Si tienes alguna duda sobre cuestiones legales o técnicas relacionadas con tu proyecto de renovables, incluidas las ayudas públicas, no dudes en contactar con nosotros y te asesoraremos en todo lo que necesites sin compromiso. Si finalmente decides confiar en nosotros para tu instalación, no tendrás que preocuparte por la gestión de ningún permiso o procedimiento legal de la misma puesto que nosotros nos encargamos de todo como parte de nuestro servicio.

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