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AUTOCONSUMO COLECTIVO CON TRES EJEMPLOS PRÁCTICOS: COMUNIDAD DE VECINOS, POLÍGONO INDUSTRIAL Y ZONA RESIDENCIAL

May 8, 2020

¿Cómo funciona el autoconsumo colectivo en una comunidad de vecinos? ¿Y en un polígono de empresas? ¿Y en una zona residencial como un pueblo o una urbanización? La posibilidad de contar con una instalación de autoconsumo residencial o industrial compartida por varios propietarios es una de las opciones más interesantes del modelo energético post-coronavirus.

Las ventajas que ofrece -entre ellas, lógicamente, que la inversión por propietario es menor- la hacen una opción difícil de ignorar. Como lo que queremos es que tengas una idea muy clara de lo que ofrece el autoconsumo colectivo, hemos elaborado este artículo en el que te ofrecemos tres ejemplos con los que ilustrar esta interesantísima modalidad de autoconsumo. ¡Sigue leyendo si te interesa!

Aviso a navegantes: en este artículo vamos a centrarnos sobre todo en dos cosas: explicarte los requisitos que necesitas tener en cuenta si quieres acogerte a la modalidad de autoconsumo colectivo (incluidos los modos de conexión) e ilustrar con tres ejemplos cómo funciona esta modalidad de autoconsumo. Si lo que te interesa son otras cuestiones, como por ejemplo los tipos de autoconsumo colectivo que hay, qué es y por qué es necesario un acuerdo entre los usuarios de la instalación u otras cuestiones legales sobre este tipo de instalaciones y su rentabilidad, te recomendamos que comiences leyendo nuestro artículo Todo lo que necesitas saber sobre autoconsumo compartido en 7 preguntas. Del mismo modo, si prefieres ver a leer, tienes la versión audiovisual de este artículo en este vídeo:

Autoconsumo colectivo: todo lo que necesitas saber con ejemplos concretos de nuestro canal de Youtube.

Una vez aclarado todo esto, vamos a centrarnos.

Cuestiones generales aplicables a todas las instalaciones de autoconsumo colectivo.

El autoconsumo colectivo ya sabemos lo que es: un grupo de propietarios que comparten una o varias instalaciones de paneles solares. Se trata de una de las grandes novedades normativas introducidas por el jovencísimo Real Decreto Ley 244/2019 y que, si el Covid-19 nos lo permite, empezará a popularizarse muy pronto. Ahora bien, acogerse a esta modalidad de autoconsumo fotovoltaico tiene un número de requisitos establecidos por el decreto, además de dos modalidades de conexión por la que es necesario optar para compartir el autoconsumo. Explicamos ambas cosas a continuación.

Requisitos

Son tres, de los cuales la instalación debe cumplir al menos con uno:

· Que los propietarios autoconsumidores estén conectados al mismo centro de transformación. Antes también había el requisito de que la distribución fuera en baja tensión; pero con el Real Decreto Ley 29/2021, se permite el autoconsumo con conexión a red en cualquier tipo de tensión (baja, media o alta).

· Máximo de 500m de distancia entre el autoconsumidor y el centro de producción de la energía de autoconsumo, es decir, la instalación de paneles solares. En principio, la instalación puede estar en cualquier lugar que permita la normativa, lo importante es que siempre se encuentre en un radio de 500m con respecto a los autoconsumidores.

· Tanto la instalación de producción fotovoltaica como los autoconsumidores deben estar en la misma referencia catastral (en particular, deben compartir al menos los catorce primeros dígitos de la referencia).

Modalidades de conexión

El RD244/2019 establece dos tipos: a través de red pública y a través de conexión directa a red interior.

Autoconsumo colectivo con conexión a través de red pública: en esta modalidad, la que más vas a ver sin duda, vamos a utilizar la red pública para compartir nuestra producción fotovoltaica. Funciona así: la planta fotovoltaica conecta con la red de baja tensión mediante un contador bidireccional (que registra su producción). De este modo, distribuidora y comercializadora compensan a cada uno de los autoconsumidores a través de esta red pública, en función de cómo se haya establecido el reparto de energía de autoconsumo.

En este sentido, es importante mencionar la introducción de los coeficientes de reparto dinámico de la energía. Antes, estos coeficientes de reparto debían tener valores fijos para todas las horas del día. Ahora, los coeficientes podrán tener un carácter dinámico, de manera que el reparto podrá variar de hora en hora para cada consumidor. Estos coeficientes pueden establecerse por 20 años, pero ahora también pueden modificarse pasado un año, con el acuerdo de todos los participantes.

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Fíjate cómo la instalación de autoconsumo colectivo se sirve de la red pública para distribuir la energía fotovoltaica entre los autoconsumidores

Autoconsumo colectivo con conexión directa a red interior: En este caso, la instalación fotovoltaica no conecta a la red pública sino que la producción fotovoltaica se distribuye directamente a cada una de las redes interiores de los autoconsumidores. Para este tipo de conexión, la normativa prevé un número de condiciones relacionadas con la cotitularidad de la instalación que harán que sólo la veas en muy contadas ocasiones y mayormente en instalaciones de grandes consumidores (industriales), nunca en inmuebles atenidos al régimen de propiedad horizontal.

Ejemplo 1: Edificio de viviendas

Como ya vimos en nuestro otro artículo sobre el tema mencionado arriba, una instalación de autoconsumo colectivo puede tener múltiples usos, especialmente en un caso como el de un edificio de viviendas. Puede tratarse de una instalación “básica” destinada a cubrir los consumos de zonas comunes (escaleras, ascensores, etc.) o “integral”, cuando su producción se destina, además, a abastecer las necesidades de las viviendas o locales comerciales de los asociados. También puede ser una instalación “flexible” si sólo una parte de los vecinos o comerciantes se benefician de ella (para lo que bastaría con que un tercio de los vecinos estuvieran de acuerdo con instalar el sistema en una ubicación común). Veamos algunas posibilidades.

Vecino individual: si un vecino desea adquirir una instalación de paneles solares para su uso personal y cuenta con el respaldo de vecinos suficiente para poder llevar su proyecto a cabo, puede acogerse a cualquier tipo de modalidad de autoconsumo que permite la nueva normativa. Lo único que necesitará será adquirir su kit solar fotovoltaico e instalarlo de la manera que permita la propia arquitectura del inmueble y la regulación vigente.

Instalación comunitaria: Una segunda opción puede ser que todos o algunos de los vecinos del inmueble se pongan de acuerdo para instalar los paneles solares. En este caso, una vez aprobada la instalación entre los vecinos, entran en juego solo una de las dos modalidades de conexión que hemos visto más arriba: a través de red pública. Veámosla y veamos cómo funciona el reparto de producción de energía.

Conexión a través de red pública

Veamos un ejemplo de instalación de autoconsumo colectivo residencial típica de las que verás muchas a corto plazo (ten en cuenta que, como hemos visto más arriba, la conexión a través de red pública supone conectar la instalación fotovoltaica a la red eléctrica mediante un contador bidireccional).

La producción fotovoltaica se va a repartir mediante un acuerdo entre los propietarios que incluye un coeficiente de reparto decidido por ellos mismos (según potencia contratada, según cantidad de inversión inicial desembolsada… hay múltiples opciones, aunque la normativa ofrece un modelo estándar). En el gráfico de abajo, vemos que se ha acordado que el vecino 1 tenga un 50% de la producción, el vecino 2 el 10% y el vecino 3 el 40%. El acuerdo no es verbal, lógicamente. Se hace necesario un contrato entre las partes que se comunica tanto a distribuidora como a comunidad autónoma.

De acuerdo con el ejemplo, en un momento dado, el vecino 1 recibe 5kW instantáneos, el vecino 2 recibe 1kW y el vecino 3 recibe sus 4kW acordados. Si resulta que, en ese momento, los vecinos están consumiendo esa cantidad de kilovatios, aprovecharán toda su parte de producción. Si no es el caso, lo podrán compensar en el caso de haberse acogido a esta modalidad.

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Instalación para usos comunes: La utilización de una instalación de autoconsumo colectivo para iluminar escaleras, ascensores, garajes, etc. es un uso que prevemos que se hará muy habitual, puesto que puede pagarse con el propio ahorro que genera e, incluso, generar un remanente para la comunidad de vecinos.

¿Debo pedir permiso a la comunidad de propietarios para mi autoconsumo compartido?

Para poder instalar placas solares en zonas comunes de un edificio, necesitarás contar con el beneplácito de una parte de los vecinos; un porcentaje que variará en función de cuántos propietarios solicitan la instalación:

  • Si lo que se quiere es instalar paneles solares para que se beneficie la comunidad en su conjunto, será suficiente con el apoyo de la mayoría simple de los propietarios (que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación del inmueble). Eso sí, el coste (derrama) que vaya a tener un vecino en ese año por las obras no puede superar la cantidad de 9 meses de cuotas de la comunidad.
  • En el caso de que sea una parte de los propietarios los que quieran compartir la instalación de autoconsumo para uso particular, el apoyo necesario se reduce a 1/3 de la vecindad propietaria.

Ejemplo 2: Polígono industrial

Como puede verse en la imagen de abajo, una instalación de autoconsumo colectivo industrial en una ubicación como un polígono de empresas comparte muchos rasgos con el caso anterior. Para nuestro ejemplo, consideremos tres autoconsumidores: dos industrias y una explotación agraria que utiliza energía fotovoltaica (por ej. para regar a través de bombeo solar).

Las dos modalidades de conexión que hemos visto al principio del artículo podrían darse en un caso de este tipo. Si se tratase de conexión directa, habría que tener muy en cuenta a la hora de realizar las conexiones entre copropietarios tanto el código electro-técnico de baja tensión como la normativa local vigente, teniendo en cuenta que alguno de estos dos códigos podría suponer limitaciones dependiendo de la localización en la que se esté planteando la instalación.

Si la modalidad por la que se opta es a través de red pública (como muestra el ejemplo de abajo) el procedimiento es prácticamente el mismo que hemos visto antes en el ejemplo residencial, es decir, hay que conectar la instalación de paneles solares a la red eléctrica mediante un contador bidireccional, de manera que se reparta, así, la producción de energía entre los distintos autoconsumidores.

Las opciones para instalar un sistema de autoconsumo colectivo en una localización como un polígono son tantas, en realidad, como puedan negociarse entre los propietarios. Puede pasar, por ejemplo, que un empresario tenga una cubierta suficientemente grande en su nave como para ubicar allí una instalación de autoconsumo fotovoltaico pero que no quiera verter el excedente a la red, sino distribuirlo entre sus vecinos. Quizá el caso es el de un empresario que no cuente con una cubierta adecuada y negocia con su empresario vecino instalar su instalación en la cubierta de éste último. Puede pasar también que varios empresarios que decidan instalar un sistema de autoconsumo colectivo pagado entre todos en una ubicación común (por ej. la cubierta de un parking). Las posibilidades son, como decimos, muy diversas. Lo importante es saber que, siempre, las condiciones económicas en las que se realice el reparto dependerán, como pasaba en el caso anterior, de lo que decidan los participantes de la instalación, que ha de estar codificado en un contrato.

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Ejemplo 3: área residencial

Las áreas residenciales, los pueblos o las urbanizaciones de casas unifamiliares podrían incluirse perfectamente en esta categoría y, como en los casos anteriores, imperan los tres requisitos propios del autoconsumo colectivo: distribución en baja tensión, 500m de máxima distancia del usuario con respecto al punto de producción fotovoltaica y emplazamiento en la misma zona catastral (14 dígitos del número de referencia).

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Como en el caso del polígono industrial, las condiciones en las que opere la instalación dependen siempre en última instancia de la negociación entre propietarios, que es la parte verdaderamente crucial de todo el proceso. Puede darse el caso de que un vecino decida compartir con otros su instalación de autoconsumo fotovoltaico (ver imagen arriba), que varios vecinos decidan utilizar una instalación común (ej. un edificio social) para ubicar allí los paneles, etc. Sean cuales sean los términos del reparto, recuerda que este ha de estar reflejado en un contrato que hay que presentar a la distribuidora y la comunidad autónoma.

Si tienes un proyecto de autoconsumo compartido en mente, contacta con Cambio Energético. Te asesoraremos en todo lo que necesites sobre los nuevos desarrollos legales y, si contratas tu instalación con nosotros, nos encargaremos de todos los trámites que necesitas para ponerla en marcha. Contarás, además, con servicio técnico oficial de algunos de los mejores fabricantes internacionales de equipos fotovoltaicos como Victron, Kostal, Fronius, SolarEdge o Huawei en todo el territorio nacional.

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    44 Comentarios

    1. Paco

      Muy buen artículo,

      una pregunta, por que decis que el contador que sale del generador tiene que ser bidireccional, solo veo una línea de salida, que es la energía que va hacia la red, porque poneis que ha de ser bidireccional? Ubicandolo en el sitio donde sale en el dibujo, no veo la bidireccionalidad de la energía

      Gracias!

      Responder
      • Cambio Energetico

        Hola Paco, el contador es bidireccional porque registra tanto la potencia consumida del exterior, como la producida por la instalación solar y vertida a la red para poder realizar así la compensación de excedentes. Un saludo.

        Responder
    2. MNG

      Buenos dias Paco,

      De antemano gracias por la información de este post. Estoy con el PFMaster te agradecería si me puedes echar una mano que estoy algo perdida sobre el tema de contadores y me surgen dudas sobre los contadores a instalar en los sistemas de autoconsumo colectivo sin excedentes:
      Se puede instalar un único contador general para medir el consumo de la planta de generación solar y prescindir de los contadores individuales y hacer un reparto entre los consumidores sin necesidad de la medición exacta de lo requerido por cada consumidor . ¿ en este caso se podría seguir llamando “colectivo”?
      Muchas gracias, un saludo.

      Responder
    3. Ricardo León

      Hola, una consulta. Hablando con un instalador de fotovoltaica, aquí en Barcelona, me ha dicho que la conexión directa (aguas abajo del contador de la vivienda) no es posible en Autoconsumo compartido. La razón expresada por el instalador es que dos o más CUPS no pueden estar conectados a un mismo inversor, ya que existe la posibilidad de que se compartan consumos entre los distintos CUPS. ¡Es esto realmente así?, porque de ser cierto no es posible el autoconsumo compartido con conexión directa.

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Ricardo,
        Tienes razón en lo que dices. La conexión directa es posible cuando en una instalación se da un reparto de energía en media tensión (por ejemplo, en instalaciones industriales). Por tanto, como bien dices, no sería aplicable a las viviendas.
        Un saludo y gracias por tu aportación

        Responder
    4. Eduardo

      Muy claras las explicaciones y muy didáctico (además de interesante), pero me surge una duda en los casos en los que se salga de una simple comunidad de vecinos. Para tener los mismos 14 números en la referencia catastral debería ser la misma finca ¿no? Entiendo que eso incapacita la posibilidad de autoconsumo colectivo por ejemplo en un pueblo normal, no en una urbanización que se haya hecho en una única finca parcelada posteriormente, me refiero a un pueblo de los de toda la vida.

      Muchas gracias

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Eduardo,
        Es cierto que los 14 números en la referencia catastral remiten a una misma finca. No obstante, no tienes que cumplir los tres criterios que se indican en el artículo para poder optar al autoconsumo compartido; sino que necesitas cumplir al menos uno de ellos. Si no, como bien indicas, el autoconsumo compartido se restringiría mucho.
        Muchas gracias por tus comentarios y recibe un cordial saludo

        Responder
    5. Pablo

      Tengo mis serias dudas sobre esta respuesta. La lectura de la energía consumida considero que la harán los propios contadores de los usuarios consumidores. El flujo de potencia de la instalación de generación es unidireccional. Un saludo.

      Responder
    6. Roberto

      Buenas.

      Después de investigar y leer su artículo tengo varias dudas que me gustaría me aclarasen:

      1. Los requisitos que comentan para que se pueda realizar un autoconsumo colectivo son exactamente los mismos que el RD define para considerar una instalación como próxima a través de red y sin embargo luego dicen que las instalaciones se pueden conectar tanto a través de red interior como a través de red. No entiendo que el requisito sea que sea a través de red pero luego digan que se pueden conectar de las dos formas. ¿Podrían aclarar esto por favor?

      2. En el ejemplo de edificio de viviendas con la instalación a través de red comentan que pueden a cogerse a autoconsumo con excedentes acogido a compensación sin embargo el IDAE dice que las instalaciones que sean a través de red solo pueden acogerse a autoconsumo con excedentes NO ACOGIDO A COMPENSACIÓN, aunque he leído por ahí que si los servicios auxiliares son despreciables si se puede. ¿Podrían aclarar esto?

      3. Por un lado dicen que para poder hacer un autoconsumo en cubierta común tienen que estar de acuerdo 1/3 de los vecinos y luego comentan que es 3/5. No entiendo bien esto. ¿Se refieren a que si son varios los que quieren basta con 1/3 pero si es uno tienen que ser 3/5?

      4. ¿Por qué dicen que el modo de conexión en red interior es solo para consumidores industriales y no lo contemplan para por ejemplo un edificio?

      Muchas gracias de antemano.

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Roberto,

        Te respondemos en el orden que realizas las preguntas:

        1. En el artículo 3 del RD dice: “En el supuesto de instalaciones de generación conectadas a la red interior de un consumidor, se considerará que ambas instalaciones están conectadas a la red cuando o bien la instalación receptora o bien la instalación de generación esté conectada a la red”. Por lo tanto, aun haciendo uso de una red interior, la instalación ha de estar conectada a la red en algún punto. Por lo tanto, puede haber una red interna, pero la instalación va a tener algún punto de conexión a la red, si hablamos de autoconsumo fotovoltaico.

        2. No es del todo correcto lo que dices. Tanto un autoconsumo colectivo como individual puede optar por la modalidad de AUTOCONSUMO CON EXCEDENTES ACOGIDO A COMPENSACIÓN. Los requisitos que establece el RD para ello, son:
        i. La fuente de energía primaria sea de origen renovable.
        ii. La potencia total de las instalaciones de producción asociadas no sea superior a 100 kW.
        iii. Si resultase necesario realizar un contrato de suministro para servicios auxiliares de producción, el consumidor haya suscrito un único contrato de suministro para el consumo asociado y para los consumos auxiliares de producción con una empresa comercializadora, según lo dispuesto en el artículo 9.2 del presente real decreto.
        iv. El consumidor y productor asociado hayan suscrito un contrato de compensación de excedentes de autoconsumo definido en el artículo 14 del presente real decreto.
        v. La instalación de producción no tenga otorgado un régimen retributivo adicional o específico.

        Y la modalidad CON EXCEDENTES NO ACOGIDA A COMPENSACIÓN es para los casos en que no se cumplan con alguno de los requisitos anteriores o que voluntariamente optes por no acogerte a dicha modalidad. Esta es la modalidad por la que se opta si tienes interés en vender tus excedentes al mercado eléctrico.

        3. Exactamente, cuando se trata de autoconsumo colectivo pero no todos los vecinos participan, sería necesario 1/3; si se trata de un proyecto individual, la proporción cambia a 3/5.

        4. No se puede porque la normativa lo impide; no puedes conectar varias viviendas en red interior porque sería como tirar un cable de una vivienda a otra, las viviendas estarían interconectadas y eso no lo permite el Reglamento electrotécnico de baja tensión. Por eso en el autoconsumo colectivo es necesario un contador independiente y no conectar en red interior.

        Esperamos que se hayan resuelto tus dudas. Pero en caso de que necesites más aclaraciones, puedes llamarnos directamente al 927 500 162. Estaremos encantados de atenderte.
        Un saludo

        Responder
    7. Juan Sanjuan

      Hola, en mi comunidad de vecinos somos 2 viviendas con 3 contadores. Uno para cada vivienda y el tercero para los consumos de la escalera, ascensor…

      Para hacer autoconsumo colectivo, entre las dos viviendas y el contador de la escalera sería necesario añadir un 4º Contador o conectando la instalación a la red eléctrica de una de las viviendas podrían compartirse los excedentes?

      ¿Si es necesario un cuarto contador para la instalación fotovoltaica llevará asociados los gastos de potencia contratada, alquiler de equipo de medida?

      Un saludo.

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Buenas tardes, Juan.

        En un autoconsumo colectivo, independientemente de los consumidores asociados (en este caso serían 3) siempre se tiene que instalar un contador de generación. Este será controlado por la compañía distribuidora, al igual que los contadores de consumo y sirve para registrar la producción fotovoltaica y se conectaría a la red de distribución (en este caso, existiendo una centralización de contadores se conectaría al embarrado de entrada). Y con el acuerdo de reparto de la energía que tenéis que firmar los consumidores y remitir a la distribuidora, esta realiza el reparto de dicha producción. Los gastos asociados a ese contador (en caso de instalarlo la distribuidora, que es lo más conveniente) son parecidos a los gastos de un contador de consumo, en cuanto a alquiler se refiere.

        Un saludo

        Responder
    8. vicente

      Buenas, una duda. En una comunidad de vecinos, si un vecino quiere disponer una instalación FV, siendo el único que lo quiere hacer, ¿se puede enfocar como un autoconsumo colectivo? de modo que si en el futuro otro vecino quiere formar parte de la colectividad, debería abonar al primero el coste proporciona de la primera instalación. ¿puede un autoconsumo colectivo empezar con un único vecino? Gracias

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Buenas tardes, Vicente
        El Real Decreto Ley 244/2019 reconoce que hay un autoconsumo colectivo cuando “pertenece a un grupo de varios consumidores que se alimentan, de forma acordada, de energía eléctrica que proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos”.
        Por tanto, no podría haber consumo colectivo con una sola persona.
        A su vez, debes saber que uno de los factores fundamentales para dimensionar una instalación fotovoltaica es el consumo que se quiera abastecer. Por lo que no es lo mismo diseñar una instalación para una vivienda que para dos o más.
        Un saludo

        Responder
        • Ignacio

          Hola, una duda con esto, si tengo 2 casas, separadas menos de 500 metros, e instalo en una de ellas paneles, ¿podría hacer un autoconsumo colectivo aunque ambas casas sean del mismo propietario y ambas acometidas estén al mismo nombre?

          Gracias, un saludo.

          Responder
          • Cambio Energético Juan Medela

            Hola Ignacio,

            Sí se puede, no hay ningún tipo de problema.

            Un saludo

            Responder
    9. Manolo Millán

      Hola, varias preguntas:
      ¿para conectar a través de la red pública sería necesario entonces solicitar un punto de conexión? O se puede conectar directamente a la CGP del edificio sin más? No entiendo que varios CUPS no puedan compartir lo producido por un inversor, supuestamente aún en este modo se está compartiendo la producción por los diferentes vecinos incluidos como propietarios en la instalación.

      ¿Sí o sí entonces se confirma que para una comunidad de vecinos la conexión será a través de la red pública y no directamente en la instalación interior?

      ¿Para el caso en que la instalación sea destinada únicamente a servicios comunes sí que podría conectarse directamente a la instalación interior ubicando el contador bidireccional en el mismo cuadro de servicios comunes?

      Muchas gracias por vuestra atención y enhorabuena por esta magnífica web.

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Buenos días, Manuel
        Si se desea conectar a través de la red pública es debido a que se quiere realizar una instalación de autoconsumo colectivo; ya que, en caso de fotovoltaica individual, perfectamente se puede hacer en red interior.
        Para autoconsumo colectivo, si es en una centralización de contadores en un edificio de viviendas, la conexión se realiza en el embarrado de entrada. En ningún caso se permite la conexión en la red interior de un cliente.
        Para el caso de alimentar únicamente los servicios comunes, se puede conectar a la red interior de estos ya que se considera una instalación fotovoltaica de autoconsumo individual. Los servicios comunes tienen asociado un CUPS con su correspondiente contador. En caso de solicitar la compensación de excedentes para los servicios comunes, este contador es bidireccional (si es de los modernos) y por tanto, no se tiene que instalar ningún otro contador.
        Muchas gracias a ti por leernos.
        Un saludo

        Responder
        • Manolo Millán

          Hola Juan, muchas gracias por tu detallada respuesta pero hay una cosa que no me queda clara. Entonces para este caso en concreto de un edificio de viviendas en el que se opta por la modalidad de autoconsumo colectivo por qué método se debe optar? ¿A través de la red pública o se conectará al embarrado? ¿o es que se puede elegir? Gracias de nuevo!

          Responder
          • Cambio Energético Juan Medela

            Buenas tardes, Manuel
            Hemos escrito un nuevo artículo donde sintetizamos cómo se realiza un autoconsumo compartido. En él también encontrarás la distinción entre los tipos de autoconsumo colectivo que puedes encontrar:
            https://www.cambioenergetico.com/blog/pasos-autoconsumo-compartido/
            Esperamos que sea aclaratorio de las dudas que nos planteas.
            Un saludo

            Responder
    10. Jordi

      Hola, tengo una pregunta:

      Queremos hacer una instalación de energia solar en un edificio de viviendas en las que hay unas 40 viviendas. La idea es hacer el autoconsumo solo a las zonas comunitarias del edificio.

      En este caso me he encontrado que tienen 4 contadores comunitarios en total (2 monofásicos de 2,6kW de potencia para las luces, 1 trifásico del ascensor de 5kW y 1 trifásico para las bombas de piscina de 10,392kW).

      Mi pregunta es, si queremos hacer autoconsumo de las zonas comunitarias, se tendría que poner un inversor trifásico y conectarlo después del contador de más potencia (en este caso la bomba de piscinas de 10,392kW) y compensación de excedentes para los otros contadores?

      Entendiendo que un inversor no se puede conectar a varias salida de contadores con diferentes CUPS.

      Muchas gracias

      Responder
    11. Begoña

      ¿Quién pagará los gastos originados por el alquiler del contador del autoconsumo colectivo? ¿Se descontaran de la producción de energía de la instalación fotovoltaica?
      Muchas gracias por vuestros comentarios son de gran ayuda

      Responder
    12. Montse

      Hola quisiera saber si un particular y una empresa s.l. puede acogerse al autoconsumo compartido? La distancia entre ellos es menos de 500 m. Un saludo.

      Responder
    13. Javier

      Hola, muy buena explicación, me surge una duda, para poner placas solares en un edificio para varios o todos los pisos, ¿sería posible poner baterías para el consumo nocturno?
      Un saludo

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Javier,
        Es posible hacer autoconsumo colectivo con baterías. Pero no tiene mucho sentido, ya que en un autoconsumo compartido toda la energía producida se vierte a la red y luego lo compensan a los contadores que estén dentro de ese autoconsumo compartido.
        Puedes escribirnos en el siguiente formulario y estudiaremos tu caso con detenimiento: https://www.cambioenergetico.com/formulario?id=1
        Un saludo

        Responder
    14. Sandra

      Hola, muy buena explicación, pero me queda una duda.

      Por ejemplo, ¿Sería posible realizar en una comunidad de 10 vecinos un autoconsumo colectivo entre esos diez vecinos y además que en el autoconsumo también estuvieran incluidas las zonas comunes ?

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Sandra,
        Sí es posible.
        Si quieres que veamos vuestro caso en detalle y sin compromiso, puedes llamarnos al 927 500 162 o dejarnos tus datos en el siguiente formulario para que nuestros técnicos se pongan en contacto contigo: https://www.cambioenergetico.com/formularios/presupuesto
        Estaremos encantados de atenderte.
        Un saludo

        Responder
    15. Juan

      Hola, querría saber si en una comunidad de vecinos si se hace una instalación de autoconsumo colectivo con conexión en el embarrado, el contador adicional que hay que poner qué potencia habría que contratar? La potencia de la instalación fotovoltaica, la suma de todos los vecinos…
      Porque entiendo que el coste de ese contador sería el término de potencia y el alquiler del contador, correcto?
      Espero respuesta gracias

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Juan,
        Es correcto, el alquiler del contador va en términos de potencia, en este caso la de la generadora, es decir, la potencia de la instalación fotovoltaica.
        Un saludo

        Responder
    16. Borja

      Hola, querría saber si en una comunidad de vecinos si se hace una instalación de autoconsumo colectivo con conexión en el embarrado, el contador adicional que hay que poner qué potencia habría que contratar? La potencia de la instalación fotovoltaica, la suma de todos los vecinos…
      Porque entiendo que el coste de ese contador sería el término de potencia y el alquiler del contador, correcto?
      Espero respuesta gracias

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Borja,
        Es correcto, el alquiler del contador va en términos de potencia, en este caso la de la generadora, es decir, la potencia de la instalación fotovoltaica.
        Un saludo

        Responder
    17. Borja

      Hola, querría saber si en una comunidad de vecinos se hace una instalación de autoconsumo colectivo para beneficiarse del gasto comunitario de luz y dispone de 2 cups diferentes uno para abastecer el garaje y otro el resto del edificio, ¿se podría abastecer todo con una única instalación fotovoltaica?. Gracias. Saludos.

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      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Borja,
        En un autoconsumo colectivo, una instalación fotovoltaica puede alimentar diferentes CUPs. Es necesario solicitar Permiso de Acceso y Conexión a la red, elaborar el Acuerdo de reparto e informar de los CUPS asociados. Una vez trasladada esta información a la distribuidora, esta se encarga de gestionar la energía que corresponde a cada CUP en función del porcentaje que se haya indicado en el acuerdo de reparto.
        Saludos

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    18. Paul

      Hola buenas! ¿Una instalación fotovoltaica en un edificio de viviendas para abastecer los gastos de zonas comunes se puede hacer conectado a red interior? Es decir, inyectando la producción de la energía solar en el cuadro eléctrico de las zonas comunes.
      Gracias!

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      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola Paul,
        Habría que estudiarlo, ya que cada instalación es diferente. Pero, en principio, es posible conectar los gastos de zonas comunes por red interior.
        Si quieres que veamos tu caso concreto, puedes llamarnos al 927 500 162 o dejarnos tus datos en el siguiente formulario para que nuestros técnicos se pongan en contacto contigo: https://www.cambioenergetico.com/formularios/presupuesto.
        Un saludo

        Responder
    19. José Antonio Cordero

      ¿Es la comunidad de vecinos la titular o propietaria de la instalación de autoconsumo colectivo? o ¿es obligatorio crear una nueva comunidad de bienes para gestionar la planta fotovoltaica de autoconsumo?

      Responder
      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola José Antonio,
        El titular es la comunidad de de vecinos, no hace falta crear una comunidad de bienes para gestionar la planta siempre y cuando la planta fotovoltaica sea con compensación de excedentes. Si es venta es cuando sí tendrían que hacer la comunidad de bienes.
        Un saludo

        Responder
    20. ROCIO

      ¡Buenos días ! Si una industria conectada a red en AT (13.200V) quiere hacer un autoconsumo colectivo, puede compartir con un suministro conectado en BT? O si ambos suministros son en AT, ¿Cómo podríamos instalar el nuevo equipo de medida? (suponiendo que la producción de la FV es en baja tensión y sale a re a través del CT existente del particular.) ¡Gracias!

      Responder
    21. David Garcia

      Hola buenas,

      Soy ingeniero y tengo varios autoconsumos colectivos que me han surgido. Aquí vengo con la misma duda de siempre, uno de ellos es un edificio donde ya se ha concedido 100kW de Punto de acceso y conexión para autoconsumo colectivo con excedentes acogidos a compensación.

      Por tanto, hay que instalar un contador de generación neta bien en propiedad o bien alquilado por distribuidora. La cuestión es que en las condiciones del punto de conexión no nos han enviado el esquema de instalación del equipo de medida del contador de generación neta, ni nos lo han nombrado (en este caso es E-DISTRIBUCIÓN en Canarias).

      Por tanto, tengo 2 dudas:

      1) ¿Las características ténicas de la instalación de ese contador de generación (que obviamente es medida indirecta) me las debe dar la distribuidora?
      2) Al ser medida indirecta y haber una centralizacion de contadores con medida indirecta y un hueco libre para un contador, ¿se puede aprovechar ese hueco para instalar este nuevo contador? Yo entiendo que no, porque es una potencia nueva de +100kW y por tanto tendrá que ir en un nicho independiente en serie o en paralelo.
      3) En caso de que la pregunta 2) sea que hay que instalarlo a parte, exactamente donde hay que instalarlo? En un muro exterior al lado de la CGP+ CS existente? ¿o se puede realizar DENTRO del cuarto de contadores en caso de haber una pared libre?

      Sobre todo me interesa la duda 3) que es la que más me está dando problemas.

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      • Cambio Energético Juan Medela

        Hola David,
        Para poder responderte debemos estudiar tu caso con detalle.
        Puedes solicitarnos una asesoría técnica llamando al 927 500 162 o dejarnos tus datos en el siguiente formulario para que nuestros técnicos se pongan en contacto contigo:
        https://www.cambioenergetico.com/formularios/presupuesto.
        Un saludo

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